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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Mi cliente no quiere pagar impuestos!!!!!!
- Viri
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La pregunta de Lobo va encaminada a algo muy simple, ¿si no tiene ingresos, de donde le viene el recurso para adquirir dos camionetas?
Al no haber ingresos que lo soporten, puedes incurrir en lo que dan en llamar "discrepancia fiscal", siendo esta en principio una de las cosas que mayor comezon le causan a la autoridad fiscal.
Cuando se presenta esto, la autoridad empieza por suponer que tienes ventas omitidas, si cuentas con forma de comprobar que los recursos los aporto en forma licita de otra fuente alterna de ingresos adelante.
Ahora hay un detalle, ya que la compra se perfecciono en diciembre de 2007, lo correcto es presentar complementaria de diciembre 2007 y la anual... me late que yo no aplicaria deduccion de inversiones en 2007, por dos cosas, ¿contra que si no hay ingresos?, si se compran en diciembre no hay mes completo alguno...
Asi las cosas vas a tener un 25% del valor de la camioneta bueno para ISR en 2008 y en IETU ya tu sabes, tercera parte...
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Hola colegas
me llegó un nuevo cliente con la siguiente situación,
- R. Intermedio
- se dio de alta en abril 2007,pero no hubo ingresos,ni gastos. pero en dic. compro 2 camionetas de reparto. y el iva a favor lo presento en enero 2008.
- no tuvo ingresos enero, febrero, marzo. los demás si hay.
- no tiene contabilidad de todo el añofiscal 2008.
- tiene trabajadores inscritos en imss.
- presentó P.P. en ceros por internet de: isr,iva,ietu, salarios. que son sus obligaciones fiscales.
Ya realicé su cálculo mes con mes y sale a pagar de ietu e isr 5%, (de iva sale a favor) por losmeses de junio a octubre, en nviembre solo paga isr 5%, pero en dic. tiene pérdidas por 30,000.00 y al hacer elcalculo anual tambien hay pérdidas.
él cliente mepregunta que como es posible que lehaga pagar esos meses si al final sale en pérdidas?que noquiere pagar nada, que no tiene dinero.
cómo le explico que no es cosa mía que asi tiene que ser.
colegas que opinan ustedes al respecto?
espero haber sido clara ynohaber dejado nada al aire, les agradezco sus comentarios.
muy simple...art 107 LISR..
saludos
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- Viri
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