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Creditos IETU se pierden de un ejercicio a otro

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17 años 6 meses antes #42147 por LCRUIZUSCANGA
Tengo el siguiente caso.....


Mis ingresos fueron superiores a las deducciones por lo tanto tuve IETU a cargo, al cual le aplique los diferentes creditos que marca LIETU, obteniendo con ello IETU=0 por lo que no pague nada de IETU, mas sin embargo, me quedaron remanentes de esos creditos durante cada mes...y obviamente al final del ejercicio, que pasa con esos remanentes


¿se pierden o los puedo acumular para 2009?


p.d. hice pagos provisionales de ISR pero al no tener IETU a cargo por la disminucion de los creditos, no lo pude aplicar contra IETU.

saludos

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17 años 6 meses antes #42156 por bandido
si te refiestes a los créditos por ss,aportación ss etc....................lástima...........si no pudiste aplicarlos, los pierdes.......este es el verdadero efecto de la NO DEDUCIBILIDAD., un golpe a las empresas perdedoras

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17 años 6 meses antes #42180 por EDD
Seria bueno que nos comentaras a cuales de los creditos o acreditamientos te refieres?

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17 años 6 meses antes #42187 por LCRUIZUSCANGA
a los creditos por sueldos y seguridad social....me quedan remanentes despues de disminuir el ietu con estos mismos

p.d. en LIETU me lo prohibe???

saludos

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17 años 6 meses antes #42190 por EDD
NO EXPRESAMENTE SIN EMBARGO LA MECANICA ESTABLECE UNA LIMITANTE PARA DEFINIR CUALES APORTACIONES Y CUALES PAGOS POR SALARIOS


Artículo 8. Los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio calculado en los términos del último párrafo del artículo 1 de esta Ley, el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma, hasta por el monto del impuesto empresarial a tasa única calculado en el ejercicio de que se trate.

Contra la diferencia que se obtenga conforme al párrafo anterior, se podrá acreditar la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta propio del ejercicio, del mismo ejercicio, hasta por el monto de dicha diferencia. El resultado obtenido será el monto del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo del contribuyente conforme a esta Ley..........


.....Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo ejercicio, por el factor de 0.175. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del segundo párrafo de este artículo.


SALUDOS

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17 años 6 meses antes #42195 por CPHugoocejo
mi estimado LCRUIZ

Vea las palabras de lo que cita EDD...

ultimo renglon del primer parrafo del art 8...asi como el segundo parrafo de ese numeral en el segundo renglon...


saludos

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