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DEDUCCION DE INVERSIONES EN AUTOMOVIL

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17 años 6 meses antes #42782 por MARIOAL
Buenos dias, como estan alguien me puede decir por favor, si el monto para la deduccion de inversiones en automoviles, sigue siendo sobre $ 175,000.00, alguien me comento que era de $300,000.00 espero alguien pueda ayudarme, esto para ver que cantidad de iva es el que puedo tomar como acreditable, ya que el art.5 de la ley del iva, menciona que este sera parcialmente decucible, de acuerdo con la ley del isr, muchas gracias por sus aportaciones, saludos...

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17 años 6 meses antes #42788 por agustin flores
El Articulo 42 de la LISr sigue sin cambio.


Artículo 42. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:

I. Las reparaciones, así como las adaptaciones a las instalaciones se considerarán inversiones siempre que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo.

En ningún caso se considerarán inversiones los gastos por concepto de conservación, mantenimiento y reparación, que se eroguen con el objeto de mantener el bien de que se trate en condiciones de operación.

II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.

Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.

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17 años 6 meses antes #42790 por a_cano
MARIOAL escribió:

Buenos dias, como estan alguien me puede decir por favor, si el monto para la deduccion de inversiones en automoviles, sigue siendo sobre $ 175,000.00, alguien me comento que era de $300,000.00 espero alguien pueda ayudarme, esto para ver que cantidad de iva es el que puedo tomar como acreditable, ya que el art.5 de la ley del iva, menciona que este sera parcialmente decucible, de acuerdo con la ley del isr, muchas gracias por sus aportaciones, saludos...



Probablemte el comentario se deba a una nota que fué publicada en días pasados en algunos periódicos (Informador.com.mx), en su columna de finanzas, de la cual transcribo una parte:

Preparan apoyos para el sector automotriz

Uno de los puntos del documento se refiere a elevar hasta 300 mil el monto de deducibilidad fiscal en el ISR

CIUDAD DE MÉXICO.- La iniciativa que se prepara en el Senado para el sector automotriz no es un rescate financiero, sino un paquete integral de iniciativas para ayudar a este sector.

Así lo explicaron directivos de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), quienes detallaron que se busca darle forma a todas las peticiones del sector automotriz de forma integral.

Así, esto que para algunos pareciera ser un rescate financiero no será tal, sino sólo la presentación en un solo documento de ayuda como la modificación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para que la deducibilidad fiscal de los automotores sea de hasta 300 mil pesos y no de 175 mil. Además, se pretende que esta deducibilidad sea efectiva en un solo ejercicio y no tenga un proceso de cinco años, como sucede hoy.

[. . .]

Fuente:
www.informador.com.mx/economia/2009/8490...ctor-automotriz.htmc

Saludos

Énfasis añadido.

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17 años 6 meses antes #42803 por MARIOAL
muchas gracias por sus aportaciones,,creo que debio haber sido el comentario al que hace referencia a_cano..lo que no entiendo es que esta persona que me hizo el comentario...me aseguro que su jefe de impuestos lo acababa de verificar en la ley del i.s.r. es por eso que preguntaba acerca del monto de la deducibilidad...bueno quedo aclarada mi duda mucchas gracias y saludos....

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17 años 6 meses antes #42807 por COMERCIO EXTERIOR
MARIOAL escribió:

muchas gracias por sus aportaciones,,creo que debio haber sido el comentario al que hace referencia a_cano..lo que no entiendo es que esta persona que me hizo el comentario...me aseguro que su jefe de impuestos lo acababa de verificar en la ley del i.s.r. es por eso que preguntaba acerca del monto de la deducibilidad...bueno quedo aclarada mi duda mucchas gracias y saludos....


MARIOAL:

Tal vez necesite actualizar su LISR:

II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $ 175,000.00. (Las inversiones en automóviles que los contribuyentes hubieran efectuado con anterioridad al 1/I/2007, se deducirán en los términos de la presente fracción, vigente hasta el 31/XII/2006, es decir hasta por un monto de $300,000.00, Art. Quinto fracc. I, Disposiciones Transitorias del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LISR, DOF 27/XII/2006)

Saludos

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17 años 6 meses antes #42829 por CPHugoocejo
MARIOAL escribió:

muchas gracias por sus aportaciones,,creo que debio haber sido el comentario al que hace referencia a_cano..lo que no entiendo es que esta persona que me hizo el comentario...me aseguro que su jefe de impuestos lo acababa de verificar en la ley del i.s.r. es por eso que preguntaba acerca del monto de la deducibilidad...bueno quedo aclarada mi duda mucchas gracias y saludos....


mi estimado, digale a su jefe que el se haga su chalan por w...y...ya que la ley a que el hace referencia paso a mejor vida....jeje


saludos

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