- Mensajes: 840
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
perdida fiscal
- fega
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
tengo en la declaracion anual recien presentada año 2008 lo siguiente
632642 ingresos
201016 deduccion de inversiones
499835 otras deducciones autorizadas
68209 me arroja esta perdida fiscal
para los meses (p.p.) de ene-marzo no se aplico nada de perdida...
leyendo el articulo dice que hay que actualizarla?Para los efectos de esta fracción, el monto de la pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio, se
actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo
comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en el que ocurrió y hasta
el último mes del mismo ejercicio esto es inpc de dic/jun 2008?
la cual quedaria 133.761/128.118 me arroja un resultado de 1.0440 esto lo multiplico por los 68209 da como resultado 71210.20
supongo que esto es lo que puedo disminuir en el pago provisional de abril 09, estoy en lo correcto?
para efectos de ietu tuve una "perdida fiscal" que se llama credito fiscal aqui tengo los siguientes datos:
637758 ingresos
787043 deducciones
-149285 deducciones que exceden a esto lo multiplico por la tasa del 16.5% me arroja un credito por 24632 estos habra que actualizar tambien al igual que en isr?
serian 25716? si es correcto al hacer el listado de ietu y determinacion de dicho impuesto son acumulables mes a mes?
Saludos!
FEGA
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Saúl Castro Vázquez
- Fresh Boarder
-
- Gracias recibidas: 0
HOLA fega:les explico...
tengo en la declaracion anual recien presentada año 2008 lo siguiente
632642 ingresos
201016 deduccion de inversiones
499835 otras deducciones autorizadas
68209 me arroja esta perdida fiscal
para los meses (p.p.) de ene-marzo no se aplico nada de perdida...
leyendo el articulo dice que hay que actualizarla?Para los efectos de esta fracción, el monto de la pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio, se
actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo
comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en el que ocurrió y hasta
el último mes del mismo ejercicio esto es inpc de dic/jun 2008?
la cual quedaria 133.761/128.118 me arroja un resultado de 1.0440 esto lo multiplico por los 68209 da como resultado 71210.20
supongo que esto es lo que puedo disminuir en el pago provisional de abril 09, estoy en lo correcto?
para efectos de ietu tuve una "perdida fiscal" que se llama credito fiscal aqui tengo los siguientes datos:
637758 ingresos
787043 deducciones
-149285 deducciones que exceden a esto lo multiplico por la tasa del 16.5% me arroja un credito por 24632 estos habra que actualizar tambien al igual que en isr?
serian 25716? si es correcto al hacer el listado de ietu y determinacion de dicho impuesto son acumulables mes a mes?
Saludos!
Estos temas se han tocado infinidad de veces, búsquelos, pero primero lea la LISR, LIETU , de lo contrario nuevamente le quedarán las dudas y otra vez a preguntar.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
buen dia, es un Regimen Intermedio, resulta que para marzo 09 tiene una base para calculo de 42350 se pago normal...
para abril se tiene una base de 55689 pero tengo una perdida fiscal en la anual por 68720 puedo nadamas disminuir una parte de esta perdida para no aplicarla toda? esto es por ejemplo que en la base me quedaran 35000 ya con los p.p. que se hicieron no saldria impuesto a cargo....
se puede hacer esto o a fuerza se tiene que aplicar toda la perdida?
Saludos!
haber mi estimado...el numeral 130 LISR trata de aplicar perdida fiscal en la anual o en los pp?
ahora bien, si tienes utilidad en pagos provisionales podras aplicar esa perdida fiscal anual? o como seria? vea el primer parrafo de ese numeral y la fraccion I...
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.