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retencion de accion

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17 años 4 meses antes #46138 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: retencion de accion
a_cano escribió:

Buen día:

En relación con el tema, me permito trancribir la siguiente tesis:

Registro No. 242206
Localización:
Séptima Época
Instancia: Tercera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
28 Cuarta Parte
Página: 81
Tesis Aislada
Materia(s): Civil, Administrativa

IMPUESTOS. QUIEN DEBE HACER SU PAGO.

Si bien es cierto, que las leyes fiscales, local y federal, imponen los impuestos al que percibe la utilidad con motivo de los réditos, ello no quiere decir que ineludiblemente el pago deba hacerlo el causante y que exista impedimento legal para que en su nombre lo haga un tercero. Al Estado le interesa que se cubra la carga fiscal y no que lo haga forzosamente el causante, quedando libre la voluntad de los contratantes para hacer estipulaciones al respecto, ya que no existe disposición legal que lo prohíba.

Amparo directo 4346/70. Miguel Hernández y otra. 12 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.

Énfasis añadido.

Saludos



muchas gracias sr a_cano por su tiempo... duda despegada...

sr jamendoza por su tiempo y continuidad, gracias..


saludos :laugh:

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