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DUDA IETU
- FISCALISTA1
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17 años 3 meses antes #46455
por FISCALISTA1
Respuesta de FISCALISTA1 sobre el tema Re: DUDA IETU
Solo una ultima duda que me surgio, para el siguiente mes este credito se acumula igual que los otros creditos, es decir si tuve un credito por aportaciones de seguridad social en este mes por 100,000 al siguiente mes aplico los 100,000 del mes anterior mas lo del mes actual no es asi?, siguiendo el ejemplo anterior, si aplico los 8.61 en este mes, para el siguiente igual anoto los 8.61 no es asi?
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17 años 3 meses antes #46460
por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: DUDA IETU
ESTIMADO FISCALISTA1:
Este crédito por perdidas tiene un tratamiento distinto a los demás créditos fiscales, es decir este no se acumula mes a mes, sino q se utilizara para acreditar solo la parte q necesite para q mi pago del impuesto a cargo se vuelva a cero, esto en base al segundo párrafo del art 10 LIETU.
Supongamos q tu crédito por perdidas es de 100 pesos y q en este mes te salió a pagar IETU por 200 pesos, en este caso acreditaras en este mes todo tu crédito por perdidas y aun asi te restan 100 pesos por pagar q podras matar con demás créditos fiscales. Para el siguiente mes ya no podras acreditar nada de este crédito por perdidas debido a q ya te lo acabaste el mes anterior y solo te restaran acreditar los demás créditos fiscales pero el de perdidas ya se acabo.
Ahora supongamos q tienes el mismo crédito de perdidas por 100 pesos y en el mes te salió a pagar IETU la cantidad de 80 pesos, en este caso acreditaras de tu crédito fiscal los 80 pesos y tu cargo será de cero, tu remanente de crédito fiscal por perdidas ahora es de 20 pesos, para el siguiente mes supongamos q te salen a pagar 10 pesos, por lo tanto acreditaras 10 pesos para matar el pago de este mes y te quedaran de remante aun 10 pesos para seguir acreditando vs tus pagos de IETU sucesivamente hasta q se termine.
SALUDOS!!
Este crédito por perdidas tiene un tratamiento distinto a los demás créditos fiscales, es decir este no se acumula mes a mes, sino q se utilizara para acreditar solo la parte q necesite para q mi pago del impuesto a cargo se vuelva a cero, esto en base al segundo párrafo del art 10 LIETU.
Supongamos q tu crédito por perdidas es de 100 pesos y q en este mes te salió a pagar IETU por 200 pesos, en este caso acreditaras en este mes todo tu crédito por perdidas y aun asi te restan 100 pesos por pagar q podras matar con demás créditos fiscales. Para el siguiente mes ya no podras acreditar nada de este crédito por perdidas debido a q ya te lo acabaste el mes anterior y solo te restaran acreditar los demás créditos fiscales pero el de perdidas ya se acabo.
Ahora supongamos q tienes el mismo crédito de perdidas por 100 pesos y en el mes te salió a pagar IETU la cantidad de 80 pesos, en este caso acreditaras de tu crédito fiscal los 80 pesos y tu cargo será de cero, tu remanente de crédito fiscal por perdidas ahora es de 20 pesos, para el siguiente mes supongamos q te salen a pagar 10 pesos, por lo tanto acreditaras 10 pesos para matar el pago de este mes y te quedaran de remante aun 10 pesos para seguir acreditando vs tus pagos de IETU sucesivamente hasta q se termine.
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- FISCALISTA1
- Autor del tema
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17 años 3 meses antes #46477
por FISCALISTA1
Respuesta de FISCALISTA1 sobre el tema Re: DUDA IETU
Ya decia yo que era demasiado bonito para ser verdad, pero tenia la ilusion de que asi fuera, muchisimas gracias cp charly, muy atinadas sus respuestas y tiene usted toda la razon ya que de acumularlo duplicaria el monto por perdidas, siendo este una cantidad fija unica no acumulable mas si distribuible segun el Art. 10.
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