Buen dia agradezco la sugerencia, ya he leido el articulo, vamos por partes.
Como bien lo menciona RMisterio es para la proteccion de la fluctuacion cambiaria, la cual sirve para protegerme si el dollar sibe de manera inesperada la casa de bolsa me respeta un tipo de cambio acordado.
El compañero a_cano me hace la observacion del boletin C-5
(pagos anticipados) bien voy a ser mas explicito.
Se hizo un contrato de intermediacion bursatil, para asegurar un tipo de cambio de 14.90 se hizo el 03/03/09 y se aseguro para el 14/05/09 despues el dolar bajo y no requeri de mi proteccion. Que se debio hacer:
Pagos anticipados 40,000
Bancos 40,000
En mi opinión se debió clasificar en activo diferido, tal como las demas primas.
Despues no se utilizo el seguro y a su vencimiento debo yo de mandarlo al gasto.
"Contablemente" se debió enviar al gasto conforme a periodo devengado, es decir lo que le corresponde a cada periodo, o sea Abril/Mayo/Junio
Fiscalmente no creo que tengas dudas (el total es gasto a la fecha de pago)
Bueno que se hizo en contabilidad, se dejo el pago en conciliacion y actualmente lo tengo asi.
¿No pagaste la prima o a que te refieres?
Requisitos fiscales: bueno por esa parte yo hago la deducibilidad de acuerdo al articulo 31 F-3 P-6
Tema ya tocado (fundamentos)
Ahora si, cual deberia ser mi proceso?