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Sueldo al dueño

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17 años 1 mes antes #49575 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Sueldo al dueño
Saben, lo que me causa un poquitin de gracia es que estoy casi seguro que en un futuro voy a insertar un link a este mensaje... y lo que pasa es qeu el buscador funciona, si bien concedo en que al momento no es todo lo optimo y especifico que cualquiera quisiera, !funciona!, el punto medular es anotar la palabra clave correcta... en este caso la palbra o frase pudo ser "salario de mercado" o "patron persona fisica".

Por cierto, no esta demas abundar en que para acceder a los mensajes basta con hacer click en lo descatado en color azul.

Pdta.- Huracan, Mozart, gusto leerles, la cita de nicks obedece a estricto orden alfabetico, un abrazo.

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17 años 1 mes antes #49611 por elsy_fdz
Respuesta de elsy_fdz sobre el tema Re: Sueldo al dueño
Muchas gracias por sus comentarios. Sosgtorreon checare los links que tan amablemente compartiste y como dices el buscador si funciona yo en lo particular lo he usado para otros topicos, pero en este en particular no me arrojo resultado alguno, creo que no use ninguna de las palabras que vienen en los topicos.

C.P. ELSA FERNANDEZ

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17 años 1 mes antes #49635 por elsy_fdz
Respuesta de elsy_fdz sobre el tema Re: Sueldo al dueño
Buen dia estuve revisando los link que me enviaron y me quedan algunas preguntas. Mencionan que se pueden hacer retiros de las utilidades y mi duda aqui seria si de las cantidades que retire el contribuyende de su cuenta de cheques tendria que pagar algun otro impuesto o se considera que en la declaracion anual esta pagando este impuesto.
Otra pregunta seria que considerarian más conveniente si pagar asimilables a algun familar o que haga los retiros de capital.

Gracias por sus comentarios

C.P. ELSA FERNANDEZ

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17 años 1 mes antes #49639 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Sueldo al dueño
Elsy, sin duda con los comentarios de los compañeros hemos avanzado, ya que nos ha quedado claro que un contribuyente persona fisica no puede ser patron y trabajador al mismo tiempo de el mismo.


elsy_fdz escribió:

...Mencionan que se pueden hacer retiros de las utilidades y mi duda aqui seria si de las cantidades que retire el contribuyende de su cuenta de cheques tendria que pagar algun otro impuesto o se considera que en la declaracion anual esta pagando este impuesto.


Tal y como ya lo comentaron, la bondad de la persona fisica en relacion a la persona moral es que el contribuyente persona fisica puede realizar retiros de su negocio sin necesidad de pagar impuesto alguno por ese retiro, al menos en forma directa.

Los retiros de utilidades que un contribuyente persona fisica realice de su negocio no estan gravados para ISR, IETU, IVA o cualquier otro impuesto. En cambio si en una persona moral los socios deciden retirar utilidades dependiendo de sus numeros y realidades pueden verse afectados por el ISR.

En el caso de la persona fisica si bien el ingreso que el contribuyente se allega en lo personal no esta gravado para ISR, algunos citan que si causa ISR ya que en la contabilidad del negocio el retiro de utilidades no va a tener efecto fiscal de deduccion, y como es sabido lo no deducible causa ISR.


elsy_fdz escribió:


.... Otra pregunta seria que considerarian más conveniente si pagar asimilables a algun familar o que haga los retiros de capital.


Esta parte de tu inquietud tiene relacion directa con la parte final de mi comentario sobre el primer segmento de tu planteamiento.

Toda salida de recursos el contribuyente quisiera pudiera ser considerada como una deduccion autorizada, ya que de esa manera el tiene una menor base sobre la que paga el ISR. Si decimos que el puede realizar retiros de utilidades o de capital en cualquier momento y sin mayor requisito que el que exista dinero disponible para hacer el retiro, tambien hemos venido diciendo que ese retiro que realice en esa forma NO es una Deduccion Autorizada, por lo que no le sirve para disminuir su base de impuesto.

En cambio si el retiro lo disfraza de pago a un tercero via la figura de asimilado es un hecho que tendria una Deduccion Autorizada que le va a ser de utilidad para disminuir su base de impuesto, sin que dicho pago de asimilado tenga efectos en el pago del IVA que es donde en muchas ocasiones los contribuyentes quieren y desean ver su incidencia.

Asi las cosas tienes para elegir, ¿Quiere una deduccion autorizada?, no puede ser retiro de utilidades.

Solo que no dejes de advertir para que sopesen lo siguiente; el pago que realices a un tercero via asimilado indudablemente te va a generar un ISR a retener, mismo que debes enterar al SAT, dependiendo del monto del pago sera el ISR correspondiente. Con lo que el contribuyente puede tener la sensacion de que fue "pan con lo mismo", bajo mi ISR por actividad empresarial con el pago a un asimilado, pero tengo que pagar ISR por Retencion a Asimilados que antes no tenia.

Consejo no pedido, haz numeros y muestralos. Como es actualmente, como puede ser con el pago a un asimilado -debes conocer el monto del retiro pretendido-, si el monto del retiro lo divides entre mas de una persona por obvias razones el ISR del asimilado disminuye.

Con eso de que ahora el contribuyente va a tener que realizar el pago de un ISR retenido por asimilados que antes no tenia me parece queda claro el porque se dice que los NO Deducibles generan ISR.

Espero no haber incrementado tus dudas, si asi fue, una disculpa de antemano y la peticion de que insistas en tus inquietudes para buscar la forma de atenderlas como es debido.

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17 años 1 mes antes #49696 por elsy_fdz
Respuesta de elsy_fdz sobre el tema Re: Sueldo al dueño
Buen dia, sosgtorreon mis dudas quedaron despejadas. Agradezco a todos sus comentarios.
Saludos.

C.P. ELSA FERNANDEZ

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