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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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¿ Se puede volver a depreciar un bien depreciado?

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17 años 2 semanas antes #51612 por Alberto_2010
CPHugoocejo escribió:

BR1 escribió:

¿El propietario es PF?, si es así que lo done a un hijo y se reinicia la deducción ¿o cómo la ven, jalará o no jalará?


Por ahi va Br1...



saludos


1.- El hijo recibe una donacion ¿quien la deduce el hijo ó el padre (constructora)?

Creo que no hay más y es claro que no puede dicha constructora deducirse dicho activo dos veces por los fundamentos señalados:

"Art. 31 LISR: Las deducciones autorizadas en este titulo seberan reunir los siguientes requisitos:

...
IV. Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean rentadas un sola vez.
..."



"Art. 5 del CFF. Las disposiciones fiscales que establezcan a los particulares y las que señalan excepciones en las mismas, asi como las que fijan las infracciones y sanciones , son de aplicacion estricta..."

MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448

.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.

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17 años 2 semanas antes #51624 por chavez_gto
en mi opinion lo unico que podrias deducir seria el valor que tienes en libros; el que tienes hasta el ultimo ejercicio en que aplicaste las deducciones correspondientes, ya que de ahi partes para determinar tu deduccion fiscal correspondiente al ejercicio siguiente.

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17 años 2 semanas antes #51627 por CPHugoocejo
Albert_2008

Hay mas transfondo en esto...logicamente un bien por si solo y que esta totalmente depreciado y con el mismo valor ya no se puede depreciar.

Gracias por sus comentarios..


Chavito_gto

Se agradecen sus comentarios..



saludos

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17 años 2 semanas antes #51629 por Salinas
buenos dias,


Como mencionas al estar totalmente depreciados ya no se puede deducir fiscalmente ese activo. Si su valor contable es cero, pudes realizar la venta a un valor no tan alta y posteriormnente readquirir estos activos para volver a deducirlos.

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17 años 2 semanas antes #51634 por CPHugoocejo
Salinas escribió:

buenos dias,


Como mencionas al estar totalmente depreciados ya no se puede deducir fiscalmente ese activo. Si su valor contable es cero, pudes realizar la venta a un valor no tan alta y posteriormnente readquirir estos activos para volver a deducirlos.


Si mi estimado, tacitamente en el numeral 37 LISR te especifica en caso de una enajenacion..pero si el bien aun te sigue siendo util, te genera ingresos, aumentara su valor de vida util si le haces " agregados" de acuerdo al numeral 42 fraccion I LISR? y si ademas lo evalua un perito de acuerdo al numeral 4 RCFF? o sera lo mismo la vida util de un automovil a una maquina?


saludos

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17 años 2 semanas antes #51637 por caperuso
:laugh:

Si la vendo (la maquina) y luego al que se la vendo le hace una adecuacion y la vuelve a vender si podre?

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