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Profesor de escuela y fotografo....
- oscar8
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Un contribuyente trabaja como profesor de una escuela primaria y como fotografo...Esta dado de alta como Prestador de servicios profesionales...ahora bien, acude a mi para regularizar su situacion, ya qe no ha presentado pagos provisionales...Mi duda seria... a reserva del regimen en que esta, voy a checarlo... Se tiene que dar de alta en Hacienda con la actividad de asalariado?...mas la otra por la actividad de ser fotografo, o solo la de fotografo?...Un fotografo podria estar en regimen intermedio?..
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Saludos!..
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oscar8 escribió:
..QUe tal, buenas tardes..
Un contribuyente trabaja como profesor de una escuela primaria y como fotografo...Esta dado de alta como Prestador de servicios profesionales...ahora bien, acude a mi para regularizar su situacion, ya qe no ha presentado pagos provisionales...Mi duda seria... a reserva del regimen en que esta, voy a checarlo... Se tiene que dar de alta en Hacienda con la actividad de asalariado?...mas la otra por la actividad de ser fotografo, o solo la de fotografo?...Un fotografo podria estar en regimen intermedio?..
Gracias de antemano por sus comentarios..
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Comentar, si percibe ingresos por salarios -supongo en la primaria- debe presentar un aumento de obligaciones, al igual que dar a conocer a su patron su clave en el RFC, vale recordar la obligacion que como trabajador tiene estipulada en el 117-I de LISR. Por otro lado un fotografo si lo acepta el fisco en el regimen intermedio, en lo particular preferiria encuadrarlo como "honorarios" que es donde me parece ya esta registrado.
Si gustas replantear el tema, seguro estoy de hacerlo obtendras
mejores y mas rapidas respuestas.
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- oscar8
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Bueno, el contribuyente nunca estuvo dado de alta como asalariado, por los ingresos que percibia de la escuela, sus ingresos no superan los 300.000 por ejercicio. Ahora bien, cuado se dio de alta, solo tiene la obligacion de los Servicios Profesionales. Entonces tengo que darle un aumento de obligaciones, por ser asalariado...asi es?...
Saludos!!
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ok. aclarado el punto..... Si es verdad, creo que esta algo confuso... Gracias sosgtorreon por hallarle pies y cabeza jeje..
Bueno, el contribuyente nunca estuvo dado de alta como asalariado, por los ingresos que percibia de la escuela, sus ingresos no superan los 300.000 por ejercicio. Ahora bien, cuado se dio de alta, solo tiene la obligacion de los Servicios Profesionales. Entonces tengo que darle un aumento de obligaciones, por ser asalariado...asi es?...
Saludos!!
tambien puedes enviar dicho movimiento por internet con la fiel....
saludos
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- oscar8
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SOlo me queda la duda, aunque no rebase los 300.000 anuales por salarios..debe de dar el alta de aumento de obligaciones....Cuando haga la anual, solo haria la de servicios profesionales y la de salarios no?...
BUeno, es ampliando un poquito el tema...si es posible disipar mis dudas jeje.., si no, pues voy a seguir investigando..
Saludos...
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