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PROYECTO APLICACION IVA 16% 2010

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16 años 8 meses antes #55849 por gaboaranda
Damas y caballeros el cp charly nos hizo favor de pasar este archivo que pongo a su disposicion donde se estipula la gran duda del momento como aplicaremos las diferencias de TASAS del IVA


como se dice en el archivo es un documento extraoficial falta su aprobacion y publicación en el DOF

Proyecto RMF IVA 16% 2010

saludos

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16 años 8 meses antes #55851 por Alberto_2010
Hola Gabo,

Mucho se ha hablado sobre la Reforma Fiscal para el 2010, ya que es un tema que nos afecta a todos los contribuyentes, tanto en nuestros bolsillos como en el exceso de CHAMBA.

Recuerda que las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

ARTÍCULO OCTAVO.
En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Séptimo de este Decreto, se estará a lo siguiente:

...III. Tratándose de la enajenación de bienes, de la prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto, las contraprestaciones correspondientes que SE COBREN CON POSTERIORIDAD A LA FECHA MENCIONADA, ESTARÁN AFECTAS AL PAGO DEL IVA de conformidad con las disposiciones vigentes en el momento de su cobro.

No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los contribuyentes podrán acogerse a lo siguiente:

a) Tratándose de la ENAJENACIÓN DE BIENES y de la PRESTACIÓN DE SERVICIOS que con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto hayan estado afectas a una tasa del impuesto al valor agregado menor a la que deban aplicar con posterioridad a la fecha mencionada, SE PODRÁ CÁLCULAR EL IVA APLICANDO LA TASA QUE CORRESPONDA CONFORME A LAS DISPOSICIONES VIGENTES CON ANTERIORIDAD A LA FECHA de entrada en vigor del presente Decreto, siempre que LOS BIENES o SERVICIOS SE HAYAN ENTREGADO o proporcionado antes de la fecha mencionada y el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.

Se exceptúa del tratamiento establecido en el párrafo anterior a las operaciones que se lleven acabo entre contribuyentes que sean partes relacionadas de conformidad con lo dispuesto por elartículo 215 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sean o no residentes en México.

B). Tratándose del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, lo dispuesto en el inciso anterior se podrá aplicar a las contraprestaciones que correspondan al periodo en el que la actividad mencionada estuvo afecta al pago del impuesto al valor agregado conforme a la tasa menor, siempre que los bienes se hayan entregado antes de la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto y el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.

Por lo que, lo único que nos quedaba era ESPERAR a que se publique oficialmente la Resolución Miscelanea para aclarar las dudas que se tienen sobre el tema. Sin embargo a falta de dicha RM, se han comentado varios puntos importantes sobre como manejar el 1 % del aumento del IVA.

Ejemplos:

Caso 1-Enajentación de bienes y/o Prestación de servicio:

-Facturada 10 Diciembre 2009
-Cobrada 30 Enero 2010

Opcion A):

-Cancelar la factura emitida el 10 diciembre 2009
-Emitir una nueva en Enero 2010

Opción B)

-Emitir una "nota de cargo" por las diferencias

Opcion C)

-En el cuerpo de la factura anotar la siguiente leyenda:

"Por disposición Oficial en el caso de que el pago se ha realizado con posterioridad al 10 de enero de 2010 causará un IVA del 16% dando un importe en esta operación de $ 0.00. dando un total a pagar por $ 0.00 (Cantidad en letra)".

Por lo que hasta el momento la opción C) es la más viable, puesto que con un sello podria resolverse esta duda y cumplir con mencionado en el art. 5 fracc II de LIVA

"... Que el IVA haya sido transladado expresamente al contribuyente y que conste por separado.."


---RUMORES---
Aunado a esto, hoy por la web comienza a circular esta pequeña extracción de lo que supuestamente será la RM, sin embargo esperemos y lo realicen en esta semana puesto que si no lo hacen, pues simple y sencillamente será hasta el año entrante debido a que se cruza el período vacacional del SAT que inicia el 22 de Diciembre 09 y finaliza el 6 de Enero 2010.

Dentro de dicha RM se rumora lo siguiente:

Opcion a) Factura expedida en el 2010.

"...en lugar de incluir la información a que se refieren las fracciones V y VI del artículo 29-A del CFF, deberán hacer referencia a los comprobantes fiscales que se hubieran expedido hasta el 31 de diciembre de 2009, precisando la leyenda que es “complementario” de este último"

Opcion b) Estado de Cuenta como comprobante:

Cuando la contraprestación se pague con CHEQUE NOMINATIVO, TARJETA DE CRÉDITO, DE DÉBITO O DE SERVICIOS, O TRASPASO DE CUENTAS, tendrán la OPCION de NO cambiar o sustitur las facturas que decian "tasa iva 15%" o en su caso NO tendrán la necesidad de expedir fun comprobante fiscal por la diferencia, ya que se puede utilizar como COMPROBANTE FISCAL, el ORIGINAL del ESTADO DE CUENTA...


Esperemos la publicación de la Regla M.

Saludos.

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16 años 8 meses antes #55893 por acuña
Respuesta de acuña sobre el tema Re: PROYECTO APLICACION IVA 16% 2010
AMIGOS, Y QUE PASA SI UNA PARTE DE ESA FACTURA ME LA PAGAN EN DICIEMBRE DEL 2009 Y OTRA PARTE EL 21 DE ENERO DEL 2010?

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16 años 8 meses antes #55894 por Alberto FC
acuña escribió:

... QUE PASA SI UNA PARTE DE ESA FACTURA ME LA PAGAN EN DICIEMBRE DEL 2009 Y OTRA PARTE EL 21 DE ENERO DEL 2010?


Habrá que atender al MOMENTO (tiempo/fecha/año) en que dicho PAGO se recibe, ya que dependiendo de dicho MOMENTO se sabrá que tasa le será aplicable al COBRO recibido o en su caso al PAGO efectuado.

La aplicación de una u otra tasa ( 15 ó 16 ) dependerá del momento en que se realice el PAGO y la aplicación será respecto a cada COBRO y/o PAGO.

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16 años 8 meses antes #55902 por rgchavez
Respuesta de rgchavez sobre el tema Re: PROYECTO APLICACION IVA 16% 2010
Si una factura te la pagane en dos o mas partes, entonces estamos hablando de una operaciones en parcialidades, para lo cual debera emitir un comprobante por cada parcialidad, en el cual señales el iva cobrado

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