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16 años 8 meses antes #56426 por Alberto FC
ccrux713 escribió:


¿Qué se entiende por "las partes hayan convenido un precio total..."?


Se entiende que ACORDARON / FIJARON/ y CONSINTIERON la CANTIDAD FINAL A PAGAR.

Las partes son:

En la enajenación: Quien vende y quien compra.
En la prestación de servicios: Quien lo presta y quien lo recibe.
En el arrendamiento: El arrendador y el arrendatario.

En síntesis las partes son siempre 2, la PRINCIPAL que es quien ejecuta los actos o actividades afectos al IVA y su CONTRAPARTE que es quien se beneficia de tales actos o actividades. Por ende, si el PRINCIPAL dio a conocer a su CONTRAPARTE, como contraprestación, la cantidad de $ 1,500.00, se entiende que dicha la cantidad es la que el PRINCIPAL tendría derecho a COBRAR y su CONTRAPARTE la obligación de PAGAR, ambos así lo documentaron, así lo contabilizaron y estuvieron conscientes de que esa sería la cantidad a transferir es decir la que pasaría de uno al poder del otro, sólo esa y ninguna cantidad adicional, bajo este esquema y dado que esa es fué el PRECIO T O T A L CONVENIDO, se entiende que dicha cantidad incluye el IVA.

Pero si PRINCIPAL dio a conocer a su CONTRAPARTE como contraprestación la cantidad de $ 1,500.00, aclarando, estableciendo que a ella seagregaría el IVA, si la primera lo expuso y la segunda lo aceptó/consitó y estuvo de acuerdo, se entiende que las partes convinieron/pactaron un PRECIO que no incluía el IVA sino que éste sería posteriormente agregado, valga la pena la redundancia.

Retomando tu ejemplo:

Si en Diciembre 18, 2009 recibiste una factura con un valor total de $1500.00 (IVA al 15% incluido), SI significa que ese es el precio convenido, ya que la parte PRNCIPAL ha documentado, contabilizado y más aún esta consiente que esa será la CANTIDAD FINAL QUE TIENE DERECHO A RECIBIR DE SU CONTRAPARTE, el convenio/acuero o pacto RADICA en que su CONTRAPARTE esta consciente de que esa será la CANTIDAD FINAL A TRANSFERIR, por lo que, al estar las PARTES conscientes y de acuerdo de la CANTIDAD FINAL A TRANSFERIR, ello se entiende UN CONVENIO RESPECTO AL PRECIO T O T A L.

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16 años 8 meses antes #56430 por Alberto FC
SERDNA escribió:


3) Los comprobantes expedidos hasta el 31 de diciembre de 2009 que se paguen a partir del 11 de Enero de 2010, deberán pagarse con la tasa del 11 o 16%,...

...COMO SERIA ESTE PUNTO TOMANDO COMO EJEMPLO FACTURA EXPEDIDA 31/12/09 SUBTOTAL 1,000.00 IVA 150.00 TOTAL 1150.00


Respecto a las operaciones celebradas antes de 2010, éstas quedarán afectas a las nuevas tasas cuando sus cobros se realicen a partir del 12/1/2010 y no del 11/1/2010. Esto, ya que la disposición menciona como periodo de cobro "Dentro de los primeros 10 días naturales del mes de enero" sino "Dentro de los 10 días naturales POSTERIORES a la entrada en vigor del decreto". Por lo que al ser POSTERIORES, la fecha de entrada en vigor no se cuenta, sino que el cómputo empieza con POSTERIORIDAD AL DIA DE ENTRADA EN VIGOR. En consecuencia los 10 dias POSTERIORES a dicha fecha (a la de entrada en vigor) abarcan del dia 2/1/2010 al 11/1/2010, por lo cual las operaciones que se hayan celebrado antes de 2010 que se cobren en dicho lapso de tiempo seguiran estando afectas a las tasas vigentes antes de 2010 y los cobros, que de dichas operaciones, se realicen DESPUÉS de dicho lapso de tiempo quedarán afectas a las nuevas tasas, es decir, los cobros realizados a partir del 12/1/2010 quedaran afectos al 11 o 16 porciento según sea el caso, no del 11/1/2010, pues el último día aún forma parte del periodo "dentro de".

Tomando tu ejemplo de la: FACTURA EXPEDIDA 31/12/09 SUBTOTAL 1,000.00 IVA 150.00 TOTAL 1150.00, pensemos que ella tiene el folio 14562 y que la cobras el 13/1/2010.

1.- Identifica el importe de la operación sin IVA: 1,000.00
2.- El precio total convenido ( 1,150.00) desglosalo conforme a las nuevas disposiciones: $ 1,150.00 / 1.16 = 991.38
3.- Compara los 2 subtotales de los puntos anteriores: 1,000.00-991.38= 8.62
4.- Por la cantidad así obtenida (8.62) debes elaborar tu nota de credito.
5.- Como ya tienes tu nota de crédito, aplicada a la factura 14562, se entiende que ahora tienes un monto de la operación ya disimuido, es decir monto facturado menos monto de la nota de credito resulta en: 1,000.00 - 8.62 = 991.38. Ésta cantidad es la que se tomará como base para el IVA 2010, dado que es el nuevo monto de tu operación producto de la disminución con la NC.
6.- Al realizar el cobro, al monto disminuido le aplicas la nueva tasa del IVA: $ 991.38 X 16% = 158.62, ésta cantidad es la que se tiene como IVA TRASLADADO y por dicha cantidad debes hacer tu comprobante fiscal complementario.
7.- Si sumas 991.38+158.62 te resultará la cantidad de $ 1,150.00
Es decir, conforme a la mecanica te resultan $ 1,150.00 que es la misma cantidad que tu contraparte tenia contemplado pagarte al cierre de 2009, es decir $ 1,150.00

Conforme a la disposición; el IVA asentado en el comprobante fiscal complementario (CFC) es el que tendra efectos fiscales, es decir, lo que trasladaras ó acreditarás según el caso, será la cantidad asentada en el CFC es decir, $ 158.62 siendo que el IVA asentado en el comprobante expedido antes de 2010, ya no tendrá efecto fiscal alguno.

Todo este proceso, aplica para las operaciones celebradas en 2010 cuyo cobro se realice a partir del 12/1/2010, por lo que los cobros que de dichas operaciones se realicen hasta el 11/1/2010 seguirán estando afectas a las tasas 2009, es decir, será un cobro normal y no habra necesidad de nota de crédito ni del CFC.

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16 años 8 meses antes #56432 por Alberto FC
El 13/1/2010 expediras un comprobante fiscal en donde asentarás:

"Este comprobante es complementario del expedido con el folio 14562 de fecha 31/dic/2009"

( Ésta anotación va en el espacio que habitualmente utilizas para anotar el concépto por el que emites tus facturas, es decir, éste es el concépto por el que emites el CFC, que aunque complementario no deja de ser fiscal)

(Aún cuando has anotado dicho concépto, no anotas cantidad ni precio unitario, dado que no los hay)

En la cantidad anotas 158.62 misma que irá en el espacio que en tu factura esta destinado para el IVA y a lado de ésta última leyenda anotas como tasa la de 16%.

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16 años 8 meses antes #56440 por contador48
Muy buenastardes foristas:Muy buena estrategia,lastima que como siempre el que sale bilando con la mas fea siempre ha sido y seguira siendo el contribuyente.Nadamas permitanme hacerles una pregunta y espero no les parezca tonta,De donde salio la cantidad de 8.62?.
Agradecere su respuesta.
Que tengan una bonita tarde.Saludos,.

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16 años 8 meses antes #56443 por Alberto FC
Alberth escribió:

3.- Compara los 2 subtotales de los puntos anteriores: 1,000.00-991.38= 8.62


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16 años 8 meses antes #56444 por TECNICO
compañeros, veo sus comentarios y la forma demanejo de los saldos por cobrar y por pagar segun lo veo yo seria el siguiente:

tengo una factura con el desgloce de iva y su subtotal generada en 2009 y su cobro se rezlizara el 12 de enero, bien yo cobrare lo que dice mi factura y el 1% restante no me interesa cobrarlo ya que no realizare la labor del fisco de corretear al cliente por el 1% para el fisco, por tanto unicamente trasladare el 15 y el 1% restante quedara pendiente de cobro, y lo mismo sucedera con las facturas que deb a mis proveedores no pagare ese 1%, que si mi proveedor me lo cobra les dire que eso a ellos que les preocupa si al final de cuentas lo deben trasladar.

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