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Interpretacion de parrafo (inversiones)

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16 años 7 meses antes #57073 por CPJMERJR
Buenas madrugadas estimados colegas, ( y digo madrugadas por que son las 2:42 AM) nosotros los contadores trabajando duro hasta que salga el sol y nuestros clientes felices durmiendo, que injusto pero bueno, hay que cobrarles bien.

Aquí necesitando de su valiosa opinión para interpretar este párrafo del Art. 37 de la LISR.

LISR
SECCION II
DE LAS INVERSIONES

Art.37 (quinto párrafo).

Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley.

Yo entiendo según el párrafo (especialmente lo subrayado)

Por ejemplo:

Adquirí un activo en enero del 2009, por olvido no lo deprecie durante febrero, marzo, abril, mayo, pero resulta que en junio empiezo a depreciarlo (lo correspondiente a junio), aplicando estrictamente lo que dice el párrafo, si quiero corregir dichos meses y deducir las depreciaciones que no aplique en los mismos, entonces ya no puedo por que perdí el derecho de hacerlo.

Estaré en lo correcto?
Gracias colegas

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16 años 7 meses antes #57074 por BR1
CPJMERJR escribió:

Adquirí un activo en enero del 2009, por olvido no lo deprecie durante febrero, marzo, abril, mayo, pero resulta que en junio empiezo a depreciarlo (lo correspondiente a junio), aplicando estrictamente lo que dice el párrafo, si quiero corregir dichos meses y deducir las depreciaciones que no aplique en los mismos, entonces ya no puedo por que perdí el derecho de hacerlo.

Estaré en lo correcto?
Gracias colegas


No, no estas en lo correcto....puedes sin ningun problema deducir fiscalmente todos los periodos mensuales "completos" del 2009......recuerda, la deducciones fiscales son por "ejercicios", en este caso "incompleto" pero ejercicio al fin (febrero-diciembre)

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16 años 7 meses antes #57076 por editor20
Es correcta la respuesta que te da BR1, la fundamentación que pusiste dice ejercicio, no dice mes, para efectos de iniciar la depreciación.

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16 años 7 meses antes #57082 por Alberto FC
Igual checa los siguientes:



Tema relacionaso 1

Tema relacionaso 2

Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott

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16 años 7 meses antes #57091 por CPHugoocejo
en el primer rtenglon del numeral 37 LISR dice...a partir del ejercicio...entonces no aplica lo que comentas.


saludos

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16 años 7 meses antes #57094 por CPJMERJR
Muchisimas gracias estimados colegas por sus comentarios, el ejemplo que puse fue para dar una ides, no de un caso real.

Si tengo un caso real con un cliente, el adquirio varios activos fijos durante los primeros meses del 2008, revisando su papeleria, se los empèzaron a depreciar en septiembre del mismo año, como el parrafo anterior que expuse se remite a ejercicios, entonces si puedo arreglarle esos meses que no le dedujeron la depreciacion de dichos activos deduciendo esta durante 2008 y 2009 o 2010 (si queda moi que depreciar)?

Me despido, por su amable atencion
Mil gracias

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