REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Ingreso p/accionista????
- BR1
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
1. PF “X” adquiere bien inmueble en efectivo de otra PF “Y”
2. Por interés del adquirente desea que el bien sea propiedad de una PM (pudiendo ser socio o no de esta).
3. No se ha escriturado la operación entre las PF.
Por lo anterior, el esquema manejado es el siguiente:
* Se realiza una Asamblea Extraordinaria de accionistas de la PM, a la cual acude como invitado especial la PF “Y” propietaria del inmueble (recordemos que aún aparece como propietaria del inmueble la PF “Y” ya que no se ha escriturado la operación entre “X” y “Y”), aclarándose que no es accionista de la PM.
* La PF “Y” (aún propietaria del inmueble) señala en la asamblea extraordinaria que es legítimo propietario del inmueble y lo describe.
* Se establece la venta mediante aportación del bien inmueble a la PM.
* Se señala que la PF “Y”, con motivo de la venta mediante aportación, transfiere y venden en los términos del Código Civil del Estado, señalando el art. que corresponda al estado donde se realice la operación, (el artículo es el siguiente) “habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero”
* Señalar el precio de la operación y que el notario determine los impuestos a la PF “Y” que “aporta el bien”.
* Establecer en su caso un periodo de pagos para liquidarle a la PF “Y” dicho bien y plasmarlo en la asamblea (elaborar escrito aparte, mediante el cual la PF reconozca que el pago ya se le realizo para fines de que al momento de registrar la escritura en el RPP no se pase un gravamen). De la PM salen los pagos conforme al programa de pagos y se le devuelven a la PF “X” que deseaba adquirir el bien (sabemos que ya lo pago de antemano y por ello se le regresará su dinero).
* Plasmar un “acuerdo especial” en la asamblea donde por unanimidad todos los accionistas de la PM señalen que el valor de la venta por aportación del bien inmueble mencionado en el acta, se adjudique a favor de la PF “X” (se refiere a quien de inicio iba a adquirir el inmueble y después aportarlo a la PM), por lo que deberán de emitirse a su nombre las acciones que correspondan a la serie (señalar serie en su caso), señalar el valor nominal de las acciones.
¿"X" tiene un ingreso hasta por el monto que representan las acciones que ahora tiene en la PM?
Fué un caso que se me presentó el mes pasado pero no había tenido tiempo de redactarlo...yo estoy de parte de "Y" y el notario determino el ISR que se causo por la enajenación
Un saludo y agradezco los comentarios!!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jamendoz
- Fuera de línea
- Administrator
-
- busca mas alla de lo evidente
- Mensajes: 1620
- Gracias recibidas: 0
entonces si lo razono asi, no lo esta aportando, lo esta comprando la pm, y le estan pagando a X un prestamo, y no habria una emision de acciones
o ya me perdi???
saludos
cp jose antonio mendoza p
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- BR1
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
hola bruno, me queda una duda en tu planteamiento, hablas que se emitiran un pago a Y, por la compra del bien, y que al salir los pagos se le dan a X (que ya lo pago), y que ademas se le den acciones a X por aportar el bien, y aqui viene mi duda que esta aportando
entonces si lo razono asi, no lo esta aportando, lo esta comprando la pm, y le estan pagando a X un prestamo, y no habria una emision de acciones
o ya me perdi???
Buenos días.
La operación ya se realizó entre ambas personas físicas, por lo que al no haberse escriturado aún, y ahora X desea aportar a una PM el bien que le compró a Y, por lo que deciden manejar la compra como una aportación y que la PM emita acciones en favor de X, así evitan la doble enajenación (donde Y le vende a X y X a la PM)....la PM termina "pagandole" supuestamente a Y (le paga en realidad a X que ya pagó anteriormente a Y el terreno)..
Un "poco" enredoso...
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jamendoz
- Fuera de línea
- Administrator
-
- busca mas alla de lo evidente
- Mensajes: 1620
- Gracias recibidas: 0
saludos
cp jose antonio mendoza p
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
No se como le haces para atraer todos los casos enredados de Mexico mi estimado.
Entonces "Y" se convierte en socio de la PM por virtud de la aportacion, misma que conforme a CFF estan equiparando a enajenacion, ¿Cierto?, supongo se hace asi para evitar la doble escrituracion, de "y" a "x" y de "x" a la "pm".
Si es asi, "y" tiene su ingreso por enajenacion de bienes y paga el ISR que corresponderle pueda...
¿Voy bien o de plano me regreso?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- BR1
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Un poco enrodoso... si, como no...
No se como le haces para atraer todos los casos enredados de Mexico mi estimado.
Entonces "Y" se convierte en socio de la PM por virtud de la aportacion, misma que conforme a CFF estan equiparando a enajenacion, ¿Cierto?, supongo se hace asi para evitar la doble escrituracion, de "y" a "x" y de "x" a la "pm".
Si es asi, "y" tiene su ingreso por enajenacion de bienes y paga el ISR que corresponderle pueda...
¿Voy bien o de plano me regreso?
Tengo "suerte" para los casos cuchicuchescos...jaja
Mas o menos, solo cambiandole que el SOCIO sería X (quien originalmente habia comprado el terreno).....
Pero, por ejemplo, si yo como requisito tuviera que aportar un terreno a una PM, y no lo tengo...lo busco y que el dueño lo aporte a la PM pero que esa PM emita acciones a mi favor......¿ingreso por adquisición de acciones?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.