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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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duda en decl anaul PF

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16 años 4 meses antes #60076 por Aitor
Hola un asalariado desea presentar su declaraciòn anual, presenta deducciones personales, las cuales citan su nuevo domicilio, ya que en el portal del sat aparece aun su domicilio anterior que fue en una ciudad distinta a la actual,,,antes de presentar la anual es indispensable que presente un cambio de domicilio ante el sat? sino lo presentase y si se solicita un saldo a favor, seria impedimento para detenerselo?, gracias.

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16 años 4 meses antes #60082 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en decl anaul PF
Aitor, dices que el contribuyente desea presentar su declaración. ¿Entregó a su patrón la carta en diciembre donde le dijo que no le hiciera el cálculo anual?
Esta es una de las inconsistencias por las que no se devuelve el saldo a favor solicitado:

Clave Inconsistencia
001 Usted no es un contribuyente obligado a presentar declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, toda vez que obtuvo ingresos inferiores a $400,000.00 y su retenedor le efectuó el cálculo anual.

Solución
Si comunicó a su retenedor por escrito que presentaría su declaración anual, podrá solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, misma que deberá acompañarse de la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT ( www.sat.gob.mx ).

De esta lectura se infiere que si el trabajador no comunicó el escrito a su retenedor, éste ya presentó la declaración anual del trabajador y será el patrón el encargado legal de devolver o compensar al trabajador el supuesto saldo a favor o a retener el saldo a cargo resultante en su caso.

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16 años 4 meses antes #60090 por Aitor
Respuesta de Aitor sobre el tema Re: duda en decl anaul PF
Gracias editor20, te comento que esta obligado a presentar declaraciòn dado el monto de sus ingresos, el Sat tiene registrado su domicilio anterior y no el actual, mi pregunta es si presenta su declaraciòn anual y solicita una devoluciòn de saldo a favor de Isr,el no haber hecho el cambio de domicilio sea una inconsistencia para que no le devuelvan su saldo a favor.
saludos.

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16 años 4 meses antes #60103 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en decl anaul PF
aitor, como escribiste que el asalariado DESEA presentar su declaración, se infiere que no está obligado por eso lo supuse pero qué bueno que lo aclaras. No encontré inconsistecia del SAT en cuanto al domicilio, espero no se me haya pasado entre los más de 100 pretextos que ellos inventan para no devolver.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Artículo 10.- Se considera domicilio fiscal:
I. Tratándose de personas físicas:
a) Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
b) Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades.
c) Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación. Para estos efectos, las
autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestos previstos en los incisos a) o b) de esta fracción.

No mencionas la fecha del cambio,pero sí el asalariado cambió de domicilio antes del 4 de diciembre de 2009, le eran aplicables las disposiciones del anterior Reglamento del CFF:

ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 20 DEL ANTERIOR REGLAMENTO
"Las personas físicas,a excepción de aquéllas que perciban ingresos por actividades empresariales o por prestar servicios personales independientes, quedarán relevadas de presentar el aviso a que se refiere este artículo, manifestando su cambio de domicilio fiscal en la primera declaración anual del impuesto sobre la renta que presente o deba presentar con posterioridad a dicho cambio"
Considero que con documentación fehaciente de la fecha en que se realizó el cambio de domicilio "ganó" el derecho de aplicar la reglamentación anterior y yo pensaría que si se rechaza la devolución por ese motivo le estarían aplicando retroactivamente una disposición. De todas formas, si presentas en estos dias el cambio en el SAT, surtirá efectos a partir de ese día por ser extemporáneo y como el SAT nunca quiere devolver impuestos tendrá un pretexto para rechazar las deducciones personales por no coincidir los domicilios.

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16 años 4 meses antes #60104 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en decl anaul PF
aitor, sí se me brincó una de las inconsistencias:

"El domicilio manifestado en tu declaración no coincide con el reportado en tu Registro Federal de Contribuyentes."

No puedo subir el archivo PDF porque vale 3.5 MB, pero anota tu correo y lo envío posteriormente, o todos chéquenlo en la liga:

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_ftp/pub...ones/civismo_fiscal/
El archivo es Mi devolución paso a paso.pdf

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16 años 4 meses antes #60106 por Aitor
Respuesta de Aitor sobre el tema Re: duda en decl anaul PF
Muchisimas gracias editor 20 por tu tiempo y respuesta, presentare antes de enviar la anual el cambio de domicilio y asi evitar una posible inconsistencia para el sat en cuanto a la devoluciòn de isr.
saludos.

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