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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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COMO CONTABILIZAR UN GASTO A 12 MESES???

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16 años 2 semanas antes #63974 por Alberto FC
Las deducciones ... deberán:

III. Estar amparadas con documentación ... y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente...

...Los pagos que ... deban efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, también podrán realizarse mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito.

( 31 III LISR)

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16 años 2 semanas antes #63980 por Cpedgarivan
Cheque o transferencia es igual.
Dale una repasada a la seccion I capitulo II, del ttulo segundo de las personas morales con respécto a los requisitos de las deducciones
Saludos

\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

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16 años 1 semana antes #63997 por cpcadena
muchas gracias y que me aconsejan , considerarlo como un gasto o un activo


saludos y muchisimas gracias

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16 años 1 semana antes - 16 años 1 semana antes #63999 por a_cano
cpcadena escribió:

muchas gracias y que me aconsejan , considerarlo como un gasto o un activo


saludos y muchisimas gracias


Me permito transcribir criterio de la SCJN, para que tomes tu propia...

Registro
No. 182103
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIX, Febrero de 2004
Página: 229
Tesis: 2a./J. 11/2004
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa

RENTA. GASTO E INVERSIÓN. DIFERENCIAS PARA EFECTOS DE SU DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

El artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta precisa los conceptos que tiene derecho a deducir el contribuyente, entre los que se encuentran los gastos y las inversiones. Sin embargo, la propia ley establece un tratamiento diferente para la aplicación de dichos conceptos, el cual atiende a que los gastos pierden potencial para generar ingresos en el futuro, ya que sólo tienen significado y efectos en el ejercicio al cual corresponden; mientras que las inversiones (específicamente los activos fijos), en términos generales, pierden dicho potencial para generar ingresos de manera paulatina y conforme se deprecian por su uso, incidiendo en la consecución de los fines de la empresa, no sólo en el ejercicio en que se eroga el costo correspondiente, sino que trasciende a varios periodos fiscales. En consecuencia, tratándose de erogaciones conceptuadas como gastos, su deducción debe realizarse en atención a las normas contenidas en los artículos 22, fracción III, 24, fracción III y, 25, fracción IV, de la ley citada, esto es, en el ejercicio fiscal en que se realizaron, en tanto que respecto de las inversiones, concretamente de bienes de activo fijo, la deducción correspondiente debe hacerse en términos de las reglas señaladas en los artículos 41, 42 y 44 del ordenamiento mencionado, vía depreciación y en los diversos ejercicios fiscales que correspondan al caso.
Contradicción de tesis 134/2003-SS. Entre las sustentadas por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito. 30 de enero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: María Dolores Omaña Ramírez.

Tesis de jurisprudencia 11/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de febrero de dos mil cuatro.


Ejecutoria:

1.- Registro No. 18017
Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 134/2003-SS.
Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Abril de 2004; Pág. 883;


Saludos
Última Edición: 16 años 1 semana antes por a_cano.

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