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ISR DE SALARIOS EN BASE A FLUJO??
- Jefe River
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- Jefe river
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19 años 5 meses antes #6574
por Jefe River
Respuesta de Jefe River sobre el tema Re: ISR DE SALARIOS EN BASE A FLUJO??
rompiendo mi promesa:
me pregunto:
SABES LO QUE ES CARGAR Y ABONAR?
LA LEY DE LA PARTIDA DOBLE?

BURROOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO
me pregunto:
SABES LO QUE ES CARGAR Y ABONAR?
LA LEY DE LA PARTIDA DOBLE?
BURROOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO
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- sosgtorreon
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19 años 5 meses antes #6576
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: ISR DE SALARIOS EN BASE A FLUJO??
En razon de que en el presente topico evidentemente no habra punto de acuerdo se procede por parte de su servidor a peticion de parte a cerrar el tema.
Por su amable comprension, mil gracias.
Pdta.- Por respeto a los autores de los comentarios los mismos no se editaran de momento por parte de la administracion, sin embargo nos reservamos el derecho a editar en un futuro el contenido de los mensajes del presente topico.
Por su amable comprension, mil gracias.
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- atperez
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19 años 5 meses antes #6579
por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re: ISR DE SALARIOS EN BASE A FLUJO??
Jefe, ya te lo habia dicho, que por las expresiones y calificativos que llegas a usar, esto podria terminar en que se cerrara el topico.
Jefe, si ahora no estamos hablando ni de acumulacion de ingresos ni de momento de deducibilidad de egresos, sino del momento en que debe efectuarse una retencion derivada de pagos por salarios, y estando esto regulado especificamente por el Capitulo I del Titulo IV de la Ley del ISR, poco importa si el retenerdor es Persona Fisica o Moral. (A menos que te hayas querido referir al ultimo parrafo del Articulo 118 (sujetos no obligados a efectuar dicha retencion).
Pero este topico se cerro antes de que persona alguna apoyara o refutara mi comentario sobre la primera oracion del Articulo 113 de la LISR.
Disculpas, Gilberto, pero en realidad me gustaria que se siguiera debatiendo el tema, pero tal vez para ello tenga que hacerse en un topico distinto, al cerrarse el presente.
Y SIQUIERA SABES QUE LAS MORALES SOLO SON FLUJO DE EFECTIVO EN IVA? (por lo que dices que tiene que ver si es pf o pm, es solo un avance)
Jefe, si ahora no estamos hablando ni de acumulacion de ingresos ni de momento de deducibilidad de egresos, sino del momento en que debe efectuarse una retencion derivada de pagos por salarios, y estando esto regulado especificamente por el Capitulo I del Titulo IV de la Ley del ISR, poco importa si el retenerdor es Persona Fisica o Moral. (A menos que te hayas querido referir al ultimo parrafo del Articulo 118 (sujetos no obligados a efectuar dicha retencion).
Pero este topico se cerro antes de que persona alguna apoyara o refutara mi comentario sobre la primera oracion del Articulo 113 de la LISR.
Disculpas, Gilberto, pero en realidad me gustaria que se siguiera debatiendo el tema, pero tal vez para ello tenga que hacerse en un topico distinto, al cerrarse el presente.
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