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Pregunta a Facturacion con codigo de Barras

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15 años 8 meses antes #67752 por kmorales
Buenos Dias.... se que de antemano hay mucha chamba, pero tengo unas dudas, en cuanto a la facturacion con papel ( factuaras en papel vigentes todavia ).. Si un contribuyente NO rebasa la cantidad de 4'000,000. en el 2010, desde luego no esta obligado a la Facturacion Electronica.

ahora bien, aqui esta una liga del SAT que quisiera hacer notar, ya que no la entiendo:
Facturacion con codigo de barras

basicamente es esto:

En el esquema de facturación electrónica se incluye, para los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos al año, la opción de expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional desde su casa, negocio o café internet y quienes superen ese monto, podrán emitirlos, sólo para operaciones cuyo monto no supere los 2 mil pesos.

Pregunto: la opcion es que si NO quiero usar facturas electronicas, no las uso pero tengo que ejercer la opcion de las "impresas" solo que con codigo de barras ?

Si durante 2011 requiere emitir facturas y no cuenta con ellas, podrá utilizar el nuevo esquema de facturas que incluyen dispositivo de seguridad.

pregunto: esto de "si no cuenta con ellas" aplica solamente a los que empiezan actividades, o reanudan y saben que no van a rebasar la cantidad de tope, entonces facturaran con medios propios ( word , excel, o algun programa ) sus facturas con codigo de barras ?


ahora, en el comunicado de prensa del SAT ( dic 27 2010 ) "Aviso importante para los contribuyentes" dice en un parrafo:

A partir de enero de 2011, los contribuyentes con ingresos menores de 4 millones de pesos al año podrán expedir comprobantes impresos con dispositivo de seguridad, sin importar el monto.

Para expedir los comprobantes impresos con dispositivo de seguridad, los contribuyentes deben solicitar este dispositivo y los folios correspondientes directamente en el portal del SAT, utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel). El acceso para esta solicitud se publicará próximamente.


pregunto: hoy 5 de Enero, todavia no encuentro ese "acceso", alguno de ustedes ya lo encontro? porque tengo una persona que necesita expedir ya sus facturas ( que tenia ya impresas con vigencia todavia ) que le digo? que la de? y que le diga al cliente que despues le pega el codigo de barras o el llamado "dispositivo de seguridad" ?

saludos y gracias por su ayuda...

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15 años 8 meses antes #67764 por joluc
Hola Kmorales, te dejo este tema creo q es reciente, hay links de como tramitarlo..

www.aportacionesfiscales.com/component/o...view/id,67680/#67760

“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”

Albert Einstein

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15 años 8 meses antes #67768 por editor20
kmorales, la persona debe usar sus facturas ya impresas hasta que se le agoten o hasta que se termine su vigencia. Luego que cualquiera de esas dos situaciones ocurra, en base al link que te adjunta joluc solicita el CBB para empezar a utilizar facturas impresas con el código de seguridad. Saludos.

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15 años 8 meses antes #67776 por kmorales
editor20 escribió:

kmorales, la persona debe usar sus facturas ya impresas hasta que se le agoten o hasta que se termine su vigencia. Luego que cualquiera de esas dos situaciones ocurra, en base al link que te adjunta joluc solicita el CBB para empezar a utilizar facturas impresas con el código de seguridad. Saludos.



Gracias por tu respuesta, pero ahora mi duda es mas grande ????

estas facturas que todavia tienen vigencia, se expiden asi nadamas? o tengo que adherirles el CBB para que sean validas??? ( claro tendria que solicitar primero el CBB para adherirselos )

:(

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15 años 8 meses antes - 15 años 8 meses antes #67777 por ramiro9
Creo que estas confundido kmorales
hay que diferenciar las facturas impresas ( por impresor autorizado ) y que solo se imprimieron hasta 2010 y que se pueden seguir utilizando asi sin mas ni mas, solo restringidas por que se te terminen o por que la vigencia termine.

Y las facturas impresas (por ti mismo) que inician en este año 2011 y a las cuales se les debera adherirles el cbb.

Saludos
Última Edición: 15 años 8 meses antes por ramiro9.

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15 años 8 meses antes #67779 por kmorales
ramiro9 escribió:

Creo que estas confundido kmorales
hay que diferenciar las facturas impresas ( por impresor autorizado ) y que solo se imprimieron hasta 2010 y que se pueden seguir utilizando asi sin mas ni mas, solo restringidas por que se te terminen o por que la vigencia termine.

Y las facturas impresas (por ti mismo) que inician en este año 2011 y a las cuales se les debera adherirles el cbb.

Saludos


Gracias Ramiro, entonces ya entendi, estas facturas que tengo en papel ( todavia vigentes ) me espero hasta que se terminen, ANTES de emitir mis propias facturas con CBB ( x q no rebaso los 4 )?

y si me siento superman y expido las de papel ( que tengo vigentes ) y tambien solicito CBB para expedir las mias propias ? puedo ? o mejor me espero a acabarme las anteriores ?

saludos B)

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