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escrito libre ctas incobrables

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15 años 7 meses antes - 15 años 7 meses antes #68930 por senscn
Respuesta de senscn sobre el tema Re: escrito libre ctas incobrables
escrito al deudor
Última Edición: 15 años 7 meses antes por senscn.

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15 años 7 meses antes - 15 años 7 meses antes #68931 por senscn
Respuesta de senscn sobre el tema Re: escrito libre ctas incobrables
senscn escribió:

escrito al deudor

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15 años 7 meses antes - 15 años 7 meses antes #68932 por senscn
Respuesta de senscn sobre el tema Re: escrito libre ctas incobrables
escrito al duedor perdon no pude cargar este ecrito pero enviame tu correo para que te enviela carta mi corereo es senscn@hotmail.com
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15 años 7 meses antes #68938 por Contadoranonimo
Espero poder insertar los escritos:
Informe al deudor aplicación saldo incobrable
04 de febrero de 2011
C. Deudor incumplido en su pago
Calle de los Estafadores
Ciudad de delitos menores.

En atención a lo contemplado en el último párrafo de la fracción a) del Inciso XVI del Artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la renta, que a la letra dice: “Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley…” , por este conducto le informo que su cuenta pendiente de pago con nosotros, ha sido aplicada a Cuentas Incobrables.
Esto con la finalidad de que conozca su obligación fiscal de incorporar el importe de su cuenta no liquidada, a los ingresos que deberá manifestar en su declaración fiscal del ejercicio 2010.
Para mayor claridad respecto a este asunto, le informamos por este medio la forma como está integrado el monto del adeudo no liquidado por usted, el cual es como sigue:
...................................D..A..T..O..S.................................................IMPORTE........IVA.......TOTAL
1. Factura ####### del DD/MM/AAAA por la cantidad de:$...................$.................$
2. Factura ####### del DD/MM/AAAA por la cantidad de:$...................$.................$
3. Nota de cargo ##### por flete de dicha mercancía......$ ________$_______$________
....................................S...U...M...A...S
$ ________$_______$________

Con lo anterior damos debido cumplimiento en tiempo y forma, para aplicación de la obligación fiscal citada en el primer párrafo de este documento.

De usted muy atentamente,
NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA
Nombre y firma del representante legal

c. c. p. Incorporar al asiento contable aplicado a cuentas incobrables
c. c. p. Archivo de papeles de trabajo para efectos fiscales.
c. c. p. Archivo del cliente, junto con ficha de correo certificado con acuse de recibo
c. c. p. Archivo consecutivo de correspondencia.
c. c. p. Quizá para anexar al escrito que se debe enviar a la autoridad fiscal competente.

___________

Ciudad del envío, a 04 de febrero de 2011


Dependencia fiscal desconocida
Domicilio ídem
Ciudad igual. Departamento legal o jefatura Desconocida


La empresa denominada, “A” con RFC No. “B” y domicilio fiscal en “C”, representada en este acto por su representante legal, el C NNNNNN se hace presente a través de este documento para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la renta respecto de CUENTAS INCOBRABLES y los condicionantes para su deducción en el ejercicio fiscal 2010.

A continuación se transcribe el contenido del último párrafo del inciso a) de la fracción XVI del Artículo 31 de la citada Ley del Impuesto Sobre la Renta resaltando lo aplicable:

XVI. En el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción, que corresponda, o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro.
Para los efectos de este artículo, se considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros, en los siguientes casos:
a)Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversión, cuando en el plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se considerarán incobrables en el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora.
Cuando se tengan dos o más créditos con una misma persona física o moral de los señalados en el párrafo anterior, se deberá sumar la totalidad de los créditos otorgados para determinar si éstos no exceden del monto a que se refiere dicho párrafo.
Lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción será aplicable tratándose de créditos contratados con el público en general, cuya suerte principal al día de su vencimiento se encuentre entre cinco mil pesos y treinta mil unidades de inversión, siempre que el contribuyente de acuerdo con las reglas de carácter general que al respecto emita el Servicio de Administración Tributaria informe de dichos créditos a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con la Ley de Sociedades de Información Crediticia.
Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley. Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior.


En atención a lo anterior, por este conducto manifestamos a esa H. autoridad nuestra decisión de acogernos a la última parte del citado párrafo de la Ley, deduciendo de nuestros ingresos del ejercicio fiscal 2010, lo siguiente.

1. Nuestra factura No. #### expedida el día ## del mes de MMMMMM del año AAAA, por un importe de $$$$$$$$
2. Nuestra factura No. #### expedida el día ## del mes de MMMMMM del año AAAA, por un importe de $$$$$$$$
3. Nuestra nota de cargo por flete No.### del DD del mes MMMMM del año AAAA, por un importe de $$$$$$$$

Estos documentos suman un total de: Importe $$$$$$$ IVA al XX% por $$$$$ y un total acumulado de $$$$$, cifras que no hemos tenido la fortuna de lograr su liquidación por parte de nuestro cliente, el C Fulano de tal por cual, con RFC No. DEBOYNOPAGO y con domicilio en Calle de los Estafadores de la Ciudad de delitos menores.

Con los datos aportados que es la base legal para la formulación de este documento, solicitamos se nos tenga por cumpliendo en tiempo y forma legales para todos los fines fiscales correspondientes.

De existir algún comentario, indicación, o cualquier observación a la presente, solicitamos se nos haga por esta misma vía, al domicilio citado en el encabezado del presente escrito.

Atentamente,

EMPRESA “A”
Representante legal “C”

Anexo 1: Copia del documento informativo al cliente de la aplicación de estas cuentas Incobrables.

Anexo 2: Copia de Acta Notarial donde consta la calidad de representante legal del firmante.



NOTA 1.- Desde luego que este documento es totalmente perfectible, pues tiene que adecuarse a las necesidades de cada una de las empresas que tengan que presentar este tipo de cumplimiento.

NOTA 2.- Desde luego que primero deberá investigarse a que dependencia deberá enviarse y si es requisito acompañar la copia del escrito donde se le notifica al cliente.

NOTA 3.- Hay un sin número de formas de redactar y esta es una muy informal, por lo que si se desea corregirlo, cambiarlo o desecharlo, quien lo haga esta en total libertad de hacerlo.

Nota 4.- No dejar de revisar si los montos a deducir reunen la característica de tipo de deudor y monto en el equivalente a UDIS

Archivo adjunto Cuentas_Incobrables_AVISO_A_LA_AUTORIDAD_COMPETENTE.docx no encontrado

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15 años 7 meses antes #68941 por TECNICO
Respuesta de TECNICO sobre el tema Re: escrito libre ctas incobrables
Muchas gracias por el apoyo, esto esta genial para mis necesidades.

Senscn, te mando mi correo para la informacion que me puedas facilitar, gracias

mac_b17@hotmail.com

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Gracias a Foro Kunena