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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Que hacer

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15 años 3 meses antes #71657 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: Que hacer
Pero como comento en el portal no me marca los 1,082.00 me marca 0(cero) esa cantidad que comentas solo es en papel de trabajo??

Saludos!

FEGA

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15 años 3 meses antes #71710 por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: Que hacer
bandido escribió:

no es pago de lo indebido, es nuevo saldo a favor de iva.., RIVA 23


De acuerdo a lo señalado en el artículo que mencionas, y interpretación personal, llego a la conclusión de que no se sumarán las 2 cantidades, ya que el artículo menciona "...se presenten declaraciones complementarias SUBSTITUYENDO los datos de la original................"

Es decir, el saldo pagado queda prácticamente anulado, y solamente se considerará el nuevo saldo a favor.

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15 años 3 meses antes - 15 años 3 meses antes #71960 por puma1
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: Que hacer
bandido: hay que presentar una declaración complementaria con un NUEVO saldo a favor.

mikecoz81 opina que se trata de un pago indebido.

Estimado bandido, siento mucho diferir de tu opinión, ya que es claro que se trata de un pago de lo indebido, es decir, se pagó una cantidad de IVA cuando debió declararse un saldo a favor, por tanto hubo una salida "indebida" de dinero, por tanto hay que presentar dos declaraciones, una normal, declarando el saldo a favor tal y como se debió hacer desde un principio, y otra complementaria declarando el pago indebido.

Como fundamento, el art. 22-A del CFF. "Cuando los contribuyentes presenten una solicitud de devolución de un saldo a favor o de un pago de lo indebido, y la devolución se efectúe fuera del plazo establecido en el artículo anterior,..."

(Como ven, hay una distinción entre un saldo a favor y un pago indebido)

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Familia y Conocimiento.
Última Edición: 15 años 3 meses antes por puma1. Razón: Corrección de texto

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