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apertura de estableciento
- fiscalista 1
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15 años 4 semanas antes #73734
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: apertura de estableciento
En mi opinión muy personal esos gastos serían objetables su deducción y acreditamiento por parte del SAT, a poco cumplen con los requisitos que exige el Art.29-A fracción I del Código Fiscal de la Federación "DOMICILIO FISCAL".
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- alexa
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Autor del tema
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15 años 4 semanas antes #73735
por alexa
Respuesta de alexa sobre el tema Re: apertura de estableciento
pero domicilio fiscal de quien los expida , aun no hay ingresos, pues aun no se hecha andar el hotel
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15 años 4 semanas antes - 15 años 4 semanas antes #73737
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: apertura de estableciento
y las fundamentaciones que te di.......y los comentarios de los otros compañeros ?
Última Edición: 15 años 4 semanas antes por LOBOZAC.
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- editor20
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15 años 4 semanas antes #73757
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: apertura de estableciento
alexa, si los datos que diste al último los hubieras proporcionado desde el principio nos hubiese evitado muchas divagaciones.
Parece ser que aún no captas la idea que varios colegas hemos remarcado. A tu aviso de apertura de establecimiento le puedes poner la fecha que desees: si le pones 1o de enero, 1o de febrero.... 1o de julio de 2011, cuando lo presentes el SAT te lo tomará en cuenta como presentada la alta el día de agosto en que lo tramites, por ejemplo hoy 17 de agosto, porque ya es extemporáneo, y no causa multa.
Pero si le pones fecha de apertura de establecimiento 1o de agosto, tienes todo el mes para presentarlo ante el SAT y si lo haces el día 28, la fecha de apertura quedará registrada como 1o de agosto.
A mi parecer es imprescindible que el propietario del inmueble te haga un contrato de comodato a título gratuíto para amparar que introduzcas bienes a ese domicilio y además realices adaptaciones propias de un hotel, que se considerarían gastos preoperativos.
Como tu giro es la hotelería yo condidero que cualquier erogación conexa a ese giro es deducible, pagadas las mayores de $2,000.00 con cheque nominativo o transferencia electrónica.
Espero que ya te hayas aprendido de cabo a rabo la Sección III del Capítulo VI del Reglamento de LIVA, artículos 64 en adelante, pues como adquiriste climas podemos suponer que van a estar en playa, y tal vez en zona de IVA al 11%, pues resulta muy redituable el atraer paquetes de convenciones extranjeras.
Saludos.
Parece ser que aún no captas la idea que varios colegas hemos remarcado. A tu aviso de apertura de establecimiento le puedes poner la fecha que desees: si le pones 1o de enero, 1o de febrero.... 1o de julio de 2011, cuando lo presentes el SAT te lo tomará en cuenta como presentada la alta el día de agosto en que lo tramites, por ejemplo hoy 17 de agosto, porque ya es extemporáneo, y no causa multa.
Pero si le pones fecha de apertura de establecimiento 1o de agosto, tienes todo el mes para presentarlo ante el SAT y si lo haces el día 28, la fecha de apertura quedará registrada como 1o de agosto.
A mi parecer es imprescindible que el propietario del inmueble te haga un contrato de comodato a título gratuíto para amparar que introduzcas bienes a ese domicilio y además realices adaptaciones propias de un hotel, que se considerarían gastos preoperativos.
Como tu giro es la hotelería yo condidero que cualquier erogación conexa a ese giro es deducible, pagadas las mayores de $2,000.00 con cheque nominativo o transferencia electrónica.
Espero que ya te hayas aprendido de cabo a rabo la Sección III del Capítulo VI del Reglamento de LIVA, artículos 64 en adelante, pues como adquiriste climas podemos suponer que van a estar en playa, y tal vez en zona de IVA al 11%, pues resulta muy redituable el atraer paquetes de convenciones extranjeras.
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