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Retencion de IETU e ISR en finiquito

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14 años 10 meses antes #75517 por Contribuyente
hectormtzmdz1

En la región en que yo estoy, el Estado tiene oficinas de orientación para los trabajadores, quienes ayudan en forma gratuita a entender, cuantificar, reclamar y hasta demandar a los patrones, empezando siempre por citar al patrón a una conciliación no oficial, evitando con ello dudas y abusos en uno u otro sentido.

Sugiero que veas en la junta de Conciliación que te corresponde si te pueden dar los datos de esa Defensoría del Trabajo. Si existe (yo creo que si) en tu estado puedes dirigirte a ellos con toda confianza para hacer las cuentas que quieres hacer solo y que siempre se prestan a duda de parte del patrón y a no reconocer si tienes la razón. Si en cambio quien las realiza y te deja satisfechas tus dudas es una autoridad, generalmente se aplica el patrón a tener un arreglo, pues casi nunca quieren reconocer al 100% los derechos laborales.

A veces es cuestión de hacer números y de ver lo oportuno de recibir el dinero ahora en tiempo corto y no después de un pleito que generalmente es largo.

Tienes en tu contra que eres tú quien quiere dejar de trabajar y por esa razón pierdes tus 3 meses de indemnización y la posibilidad de recibir tus 20 días por año si te despiden en forma injustificada. Eso es un pico de dinero, así que si lo sabes capitalizar, podrás convencer al patrón de que es un mal menor el liquidarte bajo un convenio entre ambos y no tenerte a fuerza en el trabajo con el riesgo de tener que despedirte y que le cuestes mas caro. Entre eso mas caro, iría el costo que el patrón va a tener al necesitar pagar un abogado que le atienda el asunto.

Cuando algún patrón me pide sugerencia respecto a pelear o conveniar, siempre le hago ver que es preferible desembolsar dinero hacia el trabajador, que es finalmente quien le ayudó a recorrer el camino de los negocios y estar en la posición económica en que se encuentra, y no TENER que pagarle a un licenciado que si bien desquita profesionalmente sus honorarios, no existe obligación moral de parte del patrón y, muchas veces sucede, que los honorarios pagados más la indemnización entregada, resulta en una cifra igual o mayor que la que se podía conseguir con un convenio entre patrón y trabajador.

Es cuestión de números y de $$$$.

Ya editor20 (cordiales saludos como siempre) ha dado una cátedra respecto a tu duda, pero creí pertinente agregar estas consideraciones, pues pareces dispuesto a buscar y aprender tus derechos laborales en el último momento y no sería mi sugerencia mejor, aunque tienes todo el derecho de hacerlo.

Mismejores intenciones con esta participación y mis saludos para todos los participantes

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14 años 10 meses antes #75520 por editor20
Gracias, y saludos igualmente, isa52111 y contribuyente.
Qué bueno que tocó el tema de la renuncia, a falta de mayores datos me imaginé que por los años de antigüedad en ese empleo estuviera ya pensando en la jubilación. Totalmente de acuerdo con lo expresado por Ud. en cuanto a lo del gasto para el patrón, mi sugerencia a los patrones es siempre: para que darle el dinero al SAT, mejor le doy una parte al trabajador y lo que reste al fisco. Veamos este elemental ejemplo:
Yo PM voy teniendo una utilidad gravable de $1,000,000 por lo que tendré que pagar 30% de ISR y se van a quedar finalmente en mi banco solamente $700,000, por decir algo.
Pero si establezco plan de previsión social, otorgo otras prestaciones como pagar las remuneraciones exentas hasta el límite exento permitido, etc. logro $100,000 de remuneraciones deducibles adicionales.
Por $900,000 pago ISR de $270,000 y quedan en mi banco $630,000. O sea que invertí $70,000 para dar $100,000 de prestaciones exentas a los trabajadores, el otro 30% lo pone el SAT.
Saludos.

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14 años 10 meses antes #75529 por hectormtzmdz1
Buenas noches, mucho les agradezco sus comentarios me han servido de guia y como punto de partida para hacerme acredor de mis derechos como trabajador, saludos.

Contribuyente
editor20

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