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CARTA-INVIT P/REGULARIZAR ISR 2009

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14 años 10 meses antes #75893 por mikecoz81
Hace casi 2 mil años, un humilde carpintero dijo:

Dadle al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.


Es decir, todas esas personas que se están quedando con lo que no les pertenece, ¿dormirán tranquilos? ¿realmente creen que el mundo color de rosa existe?

Las invitaciones que están llegando son del 2009.

March17, dices que le llegó a pagar 250,000, cuanto fue lo que depositó en la cuenta bancaria????
por que, existe un límite para REPECOS.

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14 años 10 meses antes #75894 por editor20
mikecoz81, según mis cálculos, estimo que los depósitos del caso de March17 son aproximadamente de $1,000,000.
Lo grave es que sus "auditores" venden la firma y no revisan Costo de Ventas ni los controles de inventarios ya que no se han dado cuenta que hay ventas por fuera, cuyos importes los deposita en su cuenta un accionista.
Saludos.

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14 años 10 meses antes #75895 por FER_NANDO
ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR A SALIR DE DUDAS EN SI CUAL ES EL FUNDAMENTO DE QUE ESTEN COBRANDO ISR, SI SE SUPONE QUE YA COBRARON EL IDE.

O QUE A CASO SI YO GENERO MI DECLARACION PUEDO ACREDITAR MI IDE AMPARADO CON LAS CONSTANCIAS?

ESPERO ME PUEDAN AYUDAR SALUDOS

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14 años 10 meses antes #75896 por editor20
Claro que si tu mismo presentas tu declaración podrás descontar el IDE retenido por el banco, amparándote en tus constancias de retención.
El IDE solamente es un "anticipo" a cuenta del ISR, solamente que fueses REPECO podrías esperar que tu tasa definitiva para contribuír sea la del 2%.
Si "ganas" $250,000 en un año (ingresos $1,000,000 menos $750,000 de gastos) tu ISR es de aproximadamente $40,107, o sea una tasa efectiva del 4% sobre tus ingresos.
Cuando depositaste en 2009 tus $1,150,000 de ventas, ($1,000,000 más 15% de IVA)el banco te retuvo y le entregó al SAT el 2%, o sea, $23,000, mismos que puedes descontar de tu ISR resultante de $40,107 y sólo pagarías la diferencia en tu anual de 2009, por $17,107.
Si las mismas deducciones para ISR te valen para IETU, este impuesto te resulta en el 17% de $250,000, que son $42,500, a los cuales les restas el ISR causado y pagado que son $40,107 por lo cual por IETU debes pagar $2,393.

Si no tuviste empleados y suponemos que en todas tus erogaciones te cobraron IVA, durante 2009 cobraste $150,000 a tus clientes y pagaste $112,500 a tus proveedores, por lo tanto la diferencia de $37,500 la fuiste enterando mes a mes en el transcurso de ese año, pero este dinero no te costó nada porque te lo entregaron los clientes para que tú se lo des al SAT.
El resumen de lo que "te quitó" Hacienda es:
IDE...................$23,000
ISR anual.............$17,107
IETU..................$.2,393
...........Total......$42,500 (que es lo mismo que el IETU por sí mismo)

Moraleja: por causa de todos los que evaden, Hacienda se encaja con los pequeños empresarios, arrendadores, profesionistas, que no llegan a generar ISR mayor al 17% de IETU, convirtiéndose éste en un impuesto fijo que elimina la progresividad de la tarifa que debería prevalecer en tratándose de este tipo de contribuyentes.

Con estos mismos datos un evasor recibiría la ya famosa "invitación" a pagar por un monto aproximado de $285,000 pero se quedaría con todo el IVA de $150,000 ya que no le entregó ni un centavo al SAT.

Saludos.

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14 años 10 meses antes #75898 por mikecoz81
FER_NANDO escribió:

ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR A SALIR DE DUDAS EN SI CUAL ES EL FUNDAMENTO DE QUE ESTEN COBRANDO ISR, SI SE SUPONE QUE YA COBRARON EL IDE.

O QUE A CASO SI YO GENERO MI DECLARACION PUEDO ACREDITAR MI IDE AMPARADO CON LAS CONSTANCIAS?

ESPERO ME PUEDAN AYUDAR SALUDOS


Art. 1 LISR. Las personas físicas y morales, están obligadas al pago del Impuesto Sobre la Renta en los siguientes casos:

I. Los residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

Respondió esto tu pregunta??


PD. Escribir con mayúsculas en los foros significa gritar.

Saludos.

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14 años 10 meses antes #75902 por gavilag
Respuesta de gavilag sobre el tema Re: CARTA-INVIT P/REGULARIZAR ISR 2009
Muy buenos dias

En el caso que yo tengo, no seria posible darlo de alta como repeco, por la actividad que realiza, ya que causa ieps, y las cuotas integradas que cobra la entidad solo comtempla isr, iva, ietu.

Lo comento por el caso de march17, tal vez por la actividad que realice si sea posible inscribirlo como repeco

Pero realmente sera posible?
Digo por que la recaudacion de los REPECOS la realiza la entidad y la invitacion la hace llegar el sat

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