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Carta Invitacion a menor de edad

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14 años 9 meses antes #76500 por Diana20102010
Saludos miembros de Aportaciones Fiscales, les cuento:

Recientemente llego un cliente acongojado por que el SAT le invita a pagar 65,000 pesos de ISR a su hija, a quien el amablemente y con las mejores intenciones le abrio una jugosita cuenta de ahorro, como el iba a pensar, como iba a imaginar que el SAT por sus ahorritos le quierria cobrar, en fin la niña tiene 11 años, y en una consulta por el chat del SAT un Lic. desalmado me dijo que no habia mas opcion que dar de alta a la criatura y PAGAR,y que si no tenia forma de hacerlo que por medio de su portal de regularizacion hiciera la aclaracion correspondiente, yo ya hice lo propio, la primer pregunta es cuando el SAT emitira una respuesta por esa aclaracion??? y la segunda de verdad tendra que pagar??? y si se da de alta bajo que regimen lo haria??? Estudiante de Primaria con aspiraciones a la universidad???

Pues esta es mi consulta, de antemano gracias por su lectura y aportaciones.

Buen dia.

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14 años 9 meses antes #76502 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Carta Invitacion a menor de edad
Recientemente llego un cliente acongojado por que el SAT le invita a pagar 65,000 pesos de ISR a su hija, a quien el amablemente y con las mejores intenciones le abrio una jugosita cuenta de ahorro, como el iba a pensar, como iba a imaginar que el SAT por sus ahorritos le quierria cobrar, .....EL DESCONOCIMIENTO DE LA LEY, NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO, APARTE, SI ES TU CLIENTE --ASI LO DICES--, PARA ELLO TE TIENE COMO CONTADORA, PARA ASESORARLO


en fin la niña tiene 11 años, y en una consulta por el chat del SAT un Lic. desalmado me dijo que no habia mas opcion que dar de alta a la criatura y PAGAR,......NO, NO ES DESALMADO, HACE SU TRABAJO, VE EL ART 31 F-IV DE TU PACTO SOCIAL


y que si no tenia forma de hacerlo que por medio de su portal de regularizacion hiciera la aclaracion correspondiente, yo ya hice lo propio, la primer pregunta es cuando el SAT emitira una respuesta por esa aclaracion??? .......VE EL ART 34 DE CFF

y la segunda de verdad tendra que pagar??? .........SI


y si se da de alta bajo que regimen lo haria??? Estudiante de Primaria con aspiraciones a la universidad???.......EN EL QUE EL TUTOR, EL QUE EJERCE LA PATRIA POTESTAD, DECIDA

SALUDOS

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14 años 9 meses antes #76505 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Carta Invitacion a menor de edad
claro que no debes de pagar, no en todos los casos se debe de pagar, el caso encuadra en el artículo 109 fracc XVIII LISR,

Inscrbrise al RFC?, claro que sí, puede hacerlo sin actividad.

el problema sería que el PAPÁ no tuviera como sustentar que puede donar a su hija esos montos., digo, si no tiene utilidad entonces., ¿de donde sacó dinero?

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14 años 9 meses antes #76514 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Carta Invitacion a menor de edad
claro que no debes de pagar, no en todos los casos se debe de pagar, el caso encuadra en el artículo 109 fracc XVIII LISR,

NO BANDIDO, ESO NO ES VERDAD....

EL PAPA MURIO ?.....SOLO ASI ENCUADRARIA EN EL FUNDAMENTO QUE MUESTRAS





ADEMAS EL SAT, DE FORMA GENERICA ESTA FUNDANDO EN ESTO.......Artículo 1o. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

SALUDOS

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14 años 9 meses antes #76515 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Carta Invitacion a menor de edad
Saludos miembros de Aportaciones Fiscales, les cuento:

Recientemente llego un cliente acongojado por que el SAT le invita a pagar 65,000 pesos de ISR a su hija, a quien el amablemente y con las mejores intenciones le abrio una jugosita cuenta de ahorro,

Y POR LO QUE VEO...........NO...........NO HA MUERTO

ENTONCES NO PUEDE NI HEREDAR.....NI LEGAR

SALUDOS

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14 años 9 meses antes #76516 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Carta Invitacion a menor de edad
PODRÁ DONAR.........PERO JAMAS HEREDAR O LEGAR, ya que este acto jurídico se actualiza hasta que el sujeto fallece, no es un acto mortis causa, es un idem intervivos

Saludos

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