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DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
- Samir
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14 años 2 meses antes #81566
por Samir
Respuesta de Samir sobre el tema Re: DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
Muchisimas gracias por tu colaboración. G.Contadores, tienes la razón, el documento dice adjudicación, y no hubo erogación por tanto es así como usted dice, contablemente es correcto como dices. Gracias y Dios les bendiga, asunto resuelto.
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- JRVALLES
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14 años 2 meses antes #81598
por JRVALLES
Respuesta de JRVALLES sobre el tema Re: DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
Buenos dias
Difiero un poco de lo que señalan los compañeros, ya que no solo la erogacion del efectivo se usa para cumplir con las obligaciones y para saldar deudas.
La persona fisica debio recibir una cantidad en dinero por el bien, sin embargo el patron no pudo entregar dicha cantidad y recibio el inmueble.
Entonces el inmueble se pago con el dinero que la persona iba a recibir, por la cual se le debio retener impuesto sobre la renta.
Saludos
Difiero un poco de lo que señalan los compañeros, ya que no solo la erogacion del efectivo se usa para cumplir con las obligaciones y para saldar deudas.
La persona fisica debio recibir una cantidad en dinero por el bien, sin embargo el patron no pudo entregar dicha cantidad y recibio el inmueble.
Entonces el inmueble se pago con el dinero que la persona iba a recibir, por la cual se le debio retener impuesto sobre la renta.
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- fiscalista 1
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14 años 2 meses antes #81600
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
Es obvio que en primer supuesto existió.
1.- El ingresos por el laudo.
. Debe darle su tratamiento fiscal correspondiente
2.- En segundo lugar la creación de la nueva actividad.
-IDEM
1.- El ingresos por el laudo.
. Debe darle su tratamiento fiscal correspondiente
2.- En segundo lugar la creación de la nueva actividad.
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- a_cano
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14 años 2 meses antes - 14 años 2 meses antes #81601
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
Buen día:
Otro punto a considerar (como se ha comentado en otras ocasiones), no se podrá darle efectos fiscales a dicho "inmueble", en virtud de que es necesario que las inversiones sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente y que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en la opción elegida, y no haber sido "adquiridas" con anterioridad de tributar en dicha opción.
Por lo tanto, no podrá hacer deducible el inmueble.
Otro punto a considerar (como se ha comentado en otras ocasiones), no se podrá darle efectos fiscales a dicho "inmueble", en virtud de que es necesario que las inversiones sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente y que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en la opción elegida, y no haber sido "adquiridas" con anterioridad de tributar en dicha opción.
Por lo tanto, no podrá hacer deducible el inmueble.
Última Edición: 14 años 2 meses antes por a_cano.
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14 años 2 meses antes #81603
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: DEDUCCION DE EDIFICIO EN REGIMEN INTERMEDIO
En mi opinión hay una adquisición.
-Hay que considerar lo indicado fechas de inscripción al RFC Art.25 C.F.F., para el aumento o inicio de actividades.
-Hay que considerar lo indicado fechas de inscripción al RFC Art.25 C.F.F., para el aumento o inicio de actividades.
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