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suspension de actividades de una asociacion civil

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14 años 2 meses antes #81836 por LOBOZAC

LE PREGUNTE A UN CONTADOR Y ME MENCIONO QUE SE PUEDE DAR COMO SUSPENCION DE ACTIVIDADES...PERO NO SE COMO LO DESCONOZCO


Ahhhhhhhhh, ches "contadorcitos"........PUES QUE ESE DIZQUE CONTADOR, ..........TE DIGA COMO..........ahhhhhhhhhh y de mi parte, le dices QUE SE PONGA A ESTUDIAR, QUE NO DIGA, BA........RRABASADAS

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14 años 2 meses antes #81837 por Miriam17
Hola....coincido con mis compañeros colegas en que no es posible suspender en actividades a una persona moral...

Pero deseo invitar a reflexionar sobre lo siguiente...


Codigo de Etica del IMPC

Artículo 1.15. Los Contadores Públicos se abstendrán de hacer comentarios sobreotro Contador cuando dichos comentarios perjudiquen su reputación o el prestigiode la profesión en general, a menos que se le soliciten por quien tenga un interéslegítimo en ellos. 12



Bueno yo propongo evitar en lo posible la calificación, a otro colega, en lo personal más que por el otro contador, es porque lo que dañamos es a la profesión de Contador Público, de la cual yo me siento muy orgullosa, se que habemos contadores que no estemos muy actualizados o muy poco actualizados, y que dentro del código de ética también esta el que estemos actualizados...lo dejo de reflexión más no para polémica, y así que nosotros ayudemos a no desprestigiar nuestra profesión .

Saludos a todos...

Bonita tarde
El siguiente usuario dijo gracias: cpsergioguerrero, ovarelas

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14 años 2 meses antes #81839 por LOBOZAC
Pues que bueno que se toca el tema


Postulado III
Calidad profesional de los trabajos. En la prestación de cualquier servicio se espera
del Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá
presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo
específico que esté desempeñando. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y
la diligencia de una persona responsable

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14 años 2 meses antes #81840 por LOBOZAC
Postulado IV
Preparación y calidad del profesional. Como requisito para que el Contador Público
acepte prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad
necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente

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14 años 2 meses antes #81841 por BR1

Mirita escribió: Hola....coincido con mis compañeros colegas en que no es posible suspender en actividades a una persona moral...

Pero deseo invitar a reflexionar sobre lo siguiente...


Codigo de Etica del IMPC

Artículo 1.15. Los Contadores Públicos se abstendrán de hacer comentarios sobreotro Contador cuando dichos comentarios perjudiquen su reputación o el prestigiode la profesión en general, a menos que se le soliciten por quien tenga un interéslegítimo en ellos. 12



Bueno yo propongo evitar en lo posible la calificación, a otro colega, en lo personal más que por el otro contador, es porque lo que dañamos es a la profesión de Contador Público, de la cual yo me siento muy orgullosa, se que habemos contadores que no estemos muy actualizados o muy poco actualizados, y que dentro del código de ética también esta el que estemos actualizados...lo dejo de reflexión más no para polémica, y así que nosotros ayudemos a no desprestigiar nuestra profesión .

Saludos a todos...

Bonita tarde


Que buen comentario Mirita, muy acertado.

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14 años 2 meses antes #81842 por LOBOZAC
Artículo 1.08. El Contador Público y/o la Firma solamente aceptará trabajos para
los que esté capacitado.
Es obligación del Contador Público y/o la Firma mantener sus conocimientos
profesionales debidamente actualizados
, conforme a la norma de educación profesional
continua.
El Contador Público y/o la Firma debe adoptar un programa diseñado para asegurar
el control de calidad en la ejecución de los servicios profesionales.

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