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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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CUENTA EN COMPROBANTES FISCALES
- JJMR9773
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
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SU SERVIDOR TIENE DUDA EN RELACION A LA CUENTA QUE DEBEMOS DE INCORPORAR (LO ULTIMOS 4 DIGITOS) EN LAS FACTURAS, RECIBOS DE HONORARIOS, ETC. DE ACUERDO CON LAS NUEVAS DISPOSICIONES, SU SERVIDOR TENIA LA FIRME CREENCIA QUE SE TRABAJA DE LA CUENTA PERSONAL DEL CONTRIBUYENTE QUE ESTA EXPIDIENDO LOS COMPROBANTTES FISCALES Y AL PARECER NO ES ASI, SEGUN PERSONAL DEL SAT, QUE LA CUENTA CORRESPONDE A LA DE TU CLIENTE, QUE SABEN AL RESPECTO? ES CORRECTO?
EN ESPERA DE SUS COMENTARIOS A LO ANTERIOR, QUEDO A SUS ORDENES.
C P JESUS JUAN MEZA RIVERA
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- puma1
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- Les comparto una postal de Kim Kardashian
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Recuerda lo que dice el actualizado art. 29-A CFF:
"Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
I ... a VI.
VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente:
a) ......
b) .....
c) Señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente."
Contador, para responder a tu pregunta, a su vez te pregunto y te respondo lo siguiente: ¿quien es el que pagará la factura expedida? Pues de él serán los datos bancarios que se plasmen en la factura electrónica. Es como cuando realizas una compra con tu tarjeta de crédito o débito, por ejemplo, los cuatro dígitos que aparecen impresos en el ticket de compra son los de tu plástico, y no los de la empresa donde compraste.
Saludos.
Familia y Conocimiento.
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- JJMR9773
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saludos.
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- lorenaga
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A mi me queda duda, en si esta claro que esta dispocisión aplica para comprobantes digitales, no
para la generalidad de comprobantes????
Saludos
En espera de comentarios.
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- LOVA
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Les dejo esta liga quizas les sirva aparte de los requisitos esta un ejemplo de cada tipo de comprobante
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...bantes_2011_2012.pdf
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- mikecoz81
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lorenaga escribió: Contador:
A mi me queda duda, en si esta claro que esta dispocisión aplica para comprobantes digitales, no
para la generalidad de comprobantes????
Saludos
En espera de comentarios.
Buenas tardes lorenaga!.............
Los requisitos son claros, solo aplican para los "Digitales" y entiéndase por digital que son los archivos que pueden ser leidos por una computadora (entre otros)
Los comprobantes impresos por impresor autorizado (valga la redundancia) no son digitales, por lo tanto las nuevas disposiciones no le son aplicables.
Saludos.
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