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Pago a cuenta
- tadiza
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14 años 1 mes antes #82601
por tadiza
\\\"\\\"No me arrepiento de mis actos por que entonces tendria que arrepentirme de lo que soy\\\"\\\"
Respuesta de tadiza sobre el tema Re: Pago a cuenta
Disculpen si no me ha quedado claro aun... pero además me parece muy interesante el debate sobre este tema.
Según el artículo 5to. C.F.F. que nos proporcionó nuestro compañero FISCALISTA puedo aplicar supletoriamente cualquier método de interpretación juridica puesto que cómo el mismo artículo lo menciona en este caso no tenemos objeto, lo que para efectos del ISR significa que no hay una contraprestación pactada.
Es algo un poco polémico y confuso para mi por lo cual agradezco mucho me corrijan si estoy equivocada en mi interpretación.
Por otra parte coincido con OSVALDO en el hecho que al no tener comprobante alguno la autoridad presumirá que es un ingreso y luego de qué manera les argumentaría lo contrario??
Según el artículo 5to. C.F.F. que nos proporcionó nuestro compañero FISCALISTA puedo aplicar supletoriamente cualquier método de interpretación juridica puesto que cómo el mismo artículo lo menciona en este caso no tenemos objeto, lo que para efectos del ISR significa que no hay una contraprestación pactada.
Es algo un poco polémico y confuso para mi por lo cual agradezco mucho me corrijan si estoy equivocada en mi interpretación.
Por otra parte coincido con OSVALDO en el hecho que al no tener comprobante alguno la autoridad presumirá que es un ingreso y luego de qué manera les argumentaría lo contrario??
\\\"\\\"No me arrepiento de mis actos por que entonces tendria que arrepentirme de lo que soy\\\"\\\"
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14 años 1 mes antes #82604
por KIKE_CORONA
Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Re: Pago a cuenta
Devolviendo el importe a la cuenta que te hizo el movimiento por error y anotando dicha referencia en la transferencia. En mi caso ya tuve situaciones asi en auditoria y se dieron por aclarados cuando les demostre que les regrese el importe, dado que el deposito fue un "error", era para otro cliente.
El siguiente usuario dijo gracias: tadiza
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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #82609
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Pago a cuenta
OSVALDO:
La L.I.S.R. reconoce la simetría fiscal, en donde?
La L.I.S.R. reconoce la simetría fiscal, en donde?
Última Edición: 14 años 1 mes antes por fiscalista 1.
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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #82610
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Pago a cuenta
Tadiza.
Según el artículo 5to. C.F.F. que nos proporcionó nuestro compañero FISCALISTA puedo aplicar supletoriamente cualquier método de interpretación juridica puesto que cómo el mismo artículo lo menciona en este caso no tenemos objeto, lo que para efectos del ISR significa que no hay una contraprestación pactada.
PRGUNTA:
1.-Cuando se aplica supletoriamente cualquier método de interpretación?
NOTA:
Todo con la finalidad de aprender más, ya que en esta PEQUEÑA consulta se han mecionado importantes figuras.
*La aplicación e interpretación de las Leyes Fiscales.
Según el artículo 5to. C.F.F. que nos proporcionó nuestro compañero FISCALISTA puedo aplicar supletoriamente cualquier método de interpretación juridica puesto que cómo el mismo artículo lo menciona en este caso no tenemos objeto, lo que para efectos del ISR significa que no hay una contraprestación pactada.
PRGUNTA:
1.-Cuando se aplica supletoriamente cualquier método de interpretación?
NOTA:
Todo con la finalidad de aprender más, ya que en esta PEQUEÑA consulta se han mecionado importantes figuras.
*La aplicación e interpretación de las Leyes Fiscales.
Última Edición: 14 años 1 mes antes por fiscalista 1.
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14 años 1 mes antes #82611
por OSVALDO
No es más inteligente el que más sabe, sino aquel que quiere saber más.
Respuesta de OSVALDO sobre el tema Re: Pago a cuenta
Hola, Buen día.
No existe en Ninguna Ley, ni principio de Derecho, solamente cite la simetría fiscal para ejemplificar a Tadiza que si uno acumula el otro Disminuye deduce.
Se ha pronunciado la SCJN en algunas jurisprudencias solamente (y no siempre la aplican), mas bien la Simetría Fiscal su aplicación o característica es en algunos tributos.
Saludos.
No existe en Ninguna Ley, ni principio de Derecho, solamente cite la simetría fiscal para ejemplificar a Tadiza que si uno acumula el otro Disminuye deduce.
Se ha pronunciado la SCJN en algunas jurisprudencias solamente (y no siempre la aplican), mas bien la Simetría Fiscal su aplicación o característica es en algunos tributos.
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14 años 1 mes antes #82612
por vank
CPC. Mike Morales
Respuesta de vank sobre el tema Re: Pago a cuenta
Hola Tadiza
Yo lo que veo es que desde un principio le quieres dar el tratamiento de que no es un ingreso gravable y eso esta generando que dudes en el tratamiento fiscal de esta operacion. Por un lado dices que es a cuenta de "un servicio que no sabes como se va a facturar". Esto me indica que ya sabes que se va a prestar el servicio, pero lo que no entiendo a que te refieres con que no sabes como se facturara, te refieres al concepto? al importe final?
Y despues es mas confuso porque dices que no es anticipo porque aun no esta pactado el bien a facturar, pero si primero mencionaste que era un servicio, es servicio o bien?
Y para hacerlo mas confuso, despues dices "nop aún no se especifica de qué manera se facturaría, o si lo regresaríamos en efectivo"
Yo te pregunto lo siguiente
Estas involucrada en la operacion o solo detectaste ese efectivo en el estado de cuenta y alguien te dio un comentario vago de que es?
La empresa que lo deposito es un cliente actual de tu empresa?
Generalmente tu empresa recibe anticipos de otros clientes?
Hay algun comprobante emitido a la empresa que te dio el efectivo? un recibo, una servilleta, un correo electronico, un contrato, una cotizacion, etc?
Saludos.
Yo lo que veo es que desde un principio le quieres dar el tratamiento de que no es un ingreso gravable y eso esta generando que dudes en el tratamiento fiscal de esta operacion. Por un lado dices que es a cuenta de "un servicio que no sabes como se va a facturar". Esto me indica que ya sabes que se va a prestar el servicio, pero lo que no entiendo a que te refieres con que no sabes como se facturara, te refieres al concepto? al importe final?
Y despues es mas confuso porque dices que no es anticipo porque aun no esta pactado el bien a facturar, pero si primero mencionaste que era un servicio, es servicio o bien?
Y para hacerlo mas confuso, despues dices "nop aún no se especifica de qué manera se facturaría, o si lo regresaríamos en efectivo"
Yo te pregunto lo siguiente
Estas involucrada en la operacion o solo detectaste ese efectivo en el estado de cuenta y alguien te dio un comentario vago de que es?
La empresa que lo deposito es un cliente actual de tu empresa?
Generalmente tu empresa recibe anticipos de otros clientes?
Hay algun comprobante emitido a la empresa que te dio el efectivo? un recibo, una servilleta, un correo electronico, un contrato, una cotizacion, etc?
Saludos.
CPC. Mike Morales
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