Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

CAUSA IETU EL ARRENDAMIENTO REALIZADO POR UNA A.C.

Más
13 años 5 meses antes #88020 por CRISL
Muchas gracias por tus comentario, honestamente nunca habia manejado una A.C. y eso de que por ser No cotribuyentes segun no pagan impuestos es solo para aquel que no esta actualizado.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
13 años 5 meses antes #88028 por CRISL
Hola a_cano, buen dia estuve revisando el articulado, para hacer deucible el Terreno adquirido por la A.C., sin embargo me queda la inquietud de lo dice el art 5 frac I de la LIETU.

Artículo 5. Los contribuyentes sólo podrán efectuar las deducciones siguientes:

I. Las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, de servicios independientes o al uso o goce temporal de bienes, que utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley o para la administración de las actividades mencionadas o en la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única.

El terreno adquirido es ocupado actualmente como jardin y area comun por parte de los condominos, y no forma parte del area en donde esta ubicada el area que se Renta a la empresa de Telefonia, y como la ley dice "Las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes........que utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley ................que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única". de ahi la inquietud

Gracias

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
13 años 5 meses antes - 13 años 5 meses antes #88029 por a_cano
Buen día:

Estoy de acuerdo con tu razonamiento, ya viendo el asunto de manera específica, si se efectúa su deducción, podría tener alguna controversia con la autoridad.

Ojalá nos dieran sus comentarios otros colegas...

Saludos
Última Edición: 13 años 5 meses antes por a_cano.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.603 segundos
Gracias a Foro Kunena