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Se puede ser pequeño y general a mismo tiempo?

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13 años 1 mes antes #89228 por CPHugoocejo
- No recomiendo inscribir a la esposa....aun así es fiscalizable...cosa de ver el CFF....

- Sino darse de baja como repeco y emigrar de sección.


saludos

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13 años 1 mes antes #89229 por CPAmarval
Buen día,

Tal vez cambie un poco de sentido al tema, sin embargo es sobre lo mismo...

Con lo vertido anteriormente se entiende que no se puede tributar un mismo contribuyente de manera simultánea en el régimen de pequeño contribuyente y en el régimen general (actividad empresarial), de tal manera que la recomendación es actualizar las obligaciones y ubicarse en el régimen de actividad empresarial.
Tampoco es válido por la Ley (Art. 139 LISR) el cambiar de régimen de actividad empresarial a pequeño contribuyente; en el caso de una persona que no tiene ingresos por activ. empresarial y profesional pero ya apertura un negocio de comida que se ubicaría como repeco por los ingresos y porque no requiere expedir facturas, en este caso lo recomendable es suspender actividades del régimen actividad empresarial y registrar ante el rfc a un tercero de confianza.
Ese tercero, ¿puede darla de alta en el imss al "verdadero dueño del negocio" y a su cónyuge?
A mi entender considero que sí es posible, ya que se trata de otro contribuyente, siendo no familiar directo.
Agradezco anticipadamente sus comentarios.

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13 años 1 mes antes #89234 por G-Ornelas

Una persona actualmente esta tributando como pequeño contribuyente, pero quiere iniciar un negocio que requiere dar facturas.

Se pueden actualizar sus obligaciones en el cual pueda continuar tributando como pequeño ya que los pagos se consideran como definitivos y al mismo tiempo tributar en régimen general?


No, .....

Tal vez cambie un poco de sentido al tema, sin embargo es sobre lo mismo...

Con lo vertido anteriormente se entiende que no se puede tributar un mismo contribuyente de manera simultánea en el régimen de pequeño contribuyente y en el régimen general (actividad empresarial), de tal manera que la recomendación es actualizar las obligaciones y ubicarse en el régimen de actividad empresarial.
Tampoco es válido por la Ley (Art. 139 LISR) el cambiar de régimen de actividad empresarial a pequeño contribuyente; en el caso de una persona que no tiene ingresos por activ. empresarial y profesional pero ya apertura un negocio de comida que se ubicaría como repeco por los ingresos y porque no requiere expedir facturas, en este caso lo recomendable es suspender actividades del régimen actividad empresarial y registrar ante el rfc a un tercero de confianza.
Ese tercero, ¿puede darla de alta en el imss al "verdadero dueño del negocio" y a su cónyuge?
A mi entender considero que sí es posible, ya que se trata de otro contribuyente, siendo no familiar directo.
Agradezco anticipadamente sus comentarios.


me suena a tarea con distintos panoramas......¿ ya investigaste el efecto en IMSS si procede eso que comentas ? hay alguna sjris, tesis...acuerdos etc que nos puedes comentar al respecto?

saludos..

El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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13 años 1 mes antes #89257 por CPAmarval
Ofrezco una disculpa a Micalcala (iniciador de éste tópico), por entrometerme en el tema bajo otra vertiente..

Y no, no corresponde a alguna tarea, es un caso real de contribuyente, de hecho inicié el tópico bajo otro título pero se agotaron los comentarios al respecto por ello me permití exponerlo aquí ya que era similar la duda.. solo que viceversa...

Cuando mencioné de asegurar al imss por parte del tercero al dueño del negocio y su cónyuge me referí al cónyuge del dueño no a a la pareja de quien se inscribirá como patrón, lo cual no está permitido; es decir, se tratará como un negocio cualquiera con un patrón y empleados no familiares.

Saludos

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