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DEDUDCION DE NOMINA

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12 años 6 meses antes #93983 por rice
DEDUDCION DE NOMINA Publicado por rice
Hola buena tarde, anexo un ejemplo de nomina para efectos de que me ayuden entender cuales serán las percepciones que se van deducir tomando en cuenta que no se redujeron las prestaciones con respeto a las nomina del 2013.

los sueldos gravados se van deducir al 100%?

la suma del importe entregado de premio de puntualidad, P. asistencia y Vales de despensa son los que se van deducir al 53%.?

ojala me puedan ayudar con un ejemplo tomando con base el archivo que pongo como ejemplo

saludos gracias.

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12 años 6 meses antes #93989 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema DEDUDCION DE NOMINA
Hola Rice..

SI leyó el Art 28 Fracción XXX de la LISR?? Nos ayuda copiándolo aquí??

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12 años 6 meses antes #93991 por rice
Respuesta de rice sobre el tema DEDUDCION DE NOMINA
Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:


XXX. Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que
resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este
párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus
trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de
que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior

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12 años 6 meses antes #94000 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema DEDUDCION DE NOMINA

rice escribió: Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:


XXX. Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que
resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este
párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus
trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de
que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior


Ahora si.... en base a este articulo... nos puede indicar, de los conceptos que pone en su ejemplo,cuales pueden y cuales no pueden ser 100% deducibles?

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12 años 6 meses antes #94063 por rice
Respuesta de rice sobre el tema DEDUDCION DE NOMINA
P E R C E P C I O N E S D E D U C C I O N E S

N O M B R E S.D. DIAS SUELDO P. ASIST. P. PUNT Sub. E TOTAL I.M.S.S. NETO

JORGE ALBERTO JEREZ ALONZO 85 15.2 1,292.00 135.04 135.04 111.74 1,562.08 0.00 32.07 $1,530.01
AURELIANO MEJIA GONZAGA 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
MANUEL ARAUJO LOE 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
LUIS MANUEL ARAUJO CASTILLO 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
PORFIRIO CABRERA CASTAÑEDA 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
PEDRO ANTONIO PEREZ 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
JOSE LUIS FLORES VILLANUEVA 95 15.2 1,444.00 150.93 150.93 87.98 1,745.85 0.00 35.85 $1,710.01
VICTOR ALFREDO BAEZA LOPEZ 85 15.2 1,292.00 135.04 135.04 111.74 1,562.08 0.00 32.07 $1,530.01
ABRAHAM JOSE RODRIGUEZ C. 85 15.2 1,292.00 135.04 135.04 111.74 1,562.08 0.00 32.07 $1,530.01

12,540. 1,310.68 1,310.68 863.10 15,161.36 0.00 311.29 14,850.07
TOTALES

SEGUN ENTIENDO SOLO PODRIA DEDUCIR EL 53% DE LA SUMA DE P. ASISTENCIA, P. PUNTUALIDAD IMSS.

1310.68+1310.68+311.29 = 2932.65 * 53% =1554.30 esto lo que puedo deducir por cada nomina quincenal es correcto?

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12 años 6 meses antes #94065 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema DEDUDCION DE NOMINA

rice escribió: ....

SEGUN ENTIENDO SOLO PODRIA DEDUCIR EL 53% DE LA SUMA DE P. ASISTENCIA, P. PUNTUALIDAD IMSS.

1310.68+1310.68+311.29 = 2932.65 * 53% =1554.30 esto lo que puedo deducir por cada nomina quincenal es correcto?


A ver...

Creo que algo no esta quedando claro....

El Art. 28 de LISR señala que NO seran deducibles, para la empresa, "los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador"...

Donde vemos que ingresos son exentos??

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