Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

tratamiento fiscal oficinas de representación

Más
12 años 3 meses antes #95614 por absentminded
Buenos días, les agradeceré muchos sus aportaciones para conocer cual es el manejo que se debe dar a una oficina de representación en México.

Una sociedad extranjera tiene autorización de la secretaria de economía para establecer una oficina de representación en México, sin ingresos, para realizar actividades de promoción y búsqueda de clientes. No realizara actividades comerciales, venta de productos. Contara con dos promotores/vendedores que buscaran los clientes, harán labor de venta y una vez concertada la venta, pasaran la información a la matriz quien se encargara de cerrar la negociación y vender directamente al cliente, enviando la mercancía directamente a este ultimo.

El tema es que al tramitar el RFC ante el SAT para registrar la obligación de retenedor de salarios, que se pagaran a los promotores, al elegir que la empresa no tendrá ingresos automáticamente se cierra la opción del cuestionario para elegir las obligaciones que tendrá. Salvo para las entidades financieras, no existe una opción que permita dar de alta la obligación de retenedor de salarios sin generar las obligaciones de IVA e ISR, y con esto automáticamente desaparece el objetivo de SIN Actividad comercial. En el SAT. En resumen, no encontramos la forma de dar de alta la obligación de retención de salarios evitando dar de alta las otras obligaciones, la sugerencia que me dieron es la opción de Servicios Financieros-otros, de esta manera permite la obligación de retenedor sin generar otras obligaciones, esta opcion no me parece viable porque los servicios financieros tienen un tratamiento y legislacion especial que por supuesto no es aplicable a las actividades de la empresa. La autorización de la Sria. de Economía dice:

Autoriza a al empresa XXXX el establecimiento de una oficina de representación sin ingresos en la República Mexicana, Esta autorización se emite sin perjuicio de los permisos, autorizaciones, concesiones, obligaciones y/o registros que sean necesarios o aplicables en virtud de las actividades que pretende desarrollar.

Que forma o régimen aplica a este tipo de oficinas, es valido generar obligaciones de ISR e IVA, y declararlos en ceros, sin contraponer o violar lo establecido o autorizado por la Sria de Economia.

De antemano gracias por su apoyo-

Gabriela Castañeda

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 3 meses antes #95620 por iar88
Buen día

Con respecto a tu duda; parece ser que lo único que tendrás que hacer es una "S.C." en la cual repartirás "remanentes" a tus "socios", con ello te evitas la causación de ciertas obligaciones fiscales, como por ejemplo el seguro social; siendo "socio" de la empresa no estas obligado a inscribirle al Seguro Social, la causación del IVA dado que su actividad no será comercial.

Lo que si aplica es la retención de ISR por reparto de "remanentes" y por lo tanto el entero del impuesto a la federación (importe retenido a los "trabajadores"), y por los ingresos que tenga su cuenta fiscal; por otro lado como es una "S.C." se podrán deducir pocos gastos como los gastos de gasolina y transportación (con sus respectivas reglas de deducibilidad).

Espero haberte ayudado, saludos.
si tienes más dudas escríbeme a mi correo
nacho_a21@hotmail

"Para crear algo, debes perder algo del mismo valor" en resumen "Intercambio equivalente"

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 3 meses antes #95622 por absentminded
Gracias por tu respuesta Iar68, el tema es que no existe una constitución de una sociedad mexicana. Es una sociedad extranjera que solicito permiso para establecer una oficina de representación en México, sin ingresos. Constituir una SC no es la opción que el cliente necesita, y es un hecho que existen oficinas de representación de varias empresas en México, que solo se encargan de promocionar a la empresa, sin vender. He leído muchos boletines al respecto de como hacer negocios en México, las opciones van desde establecer una sociedad mexicana, o un establecimiento permanente, estas ultimas pueden realizar operaciones comerciales en mexico, y la otra es la oficina de representacion sin ingresos, En dichos boletines mencionan que si efectivamente la oficina de representacion debe inscribirse en el RFC para poder realizar sus actividades como oficina, contratar una oficina, personal etc. pero no indican el tratamiento fiscal a seguir para no generar obligaciones de Ingreso.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 3 meses antes #95624 por sosgtorreon
No he tenido el caso, prometo investigar al respecto, lo que se me ocurre es darle de alta "normal" y simplemente declarar en ceros lo relativo al ISR Propio, al igual que el IVA, es decir, dejar huella y evidencia de que es un establecimiento sin ingresos, pero son empleados.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 3 meses antes #95633 por absentminded
Sosgtorreon, te agradezco mucho tu aportación, este es un tema del que he encontrado muy poca información. El talón de aquiles es es el Cuestionario de Asignación del SAT que no permite de ninguna manera generar obligaciones sin cambiar a la empresa a un estatus de ..con obligaciones y por otro lado la secretaria de economia dio la autorizacion sin ingresos, y no se puede contravenir esta autorizacion ya que originaria multas.

Gracias por tu comentario y te agradezco el apoyo

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 3 meses antes #95635 por BR1
Buenos días.

¿Ya hablaste con el subadministrador?, a mi cuando se me presentaban casos en los que los que atienden o el propio sistema del SAT no permitía lo que las leyes marcaban, lo solucionaba con el subadministrador, él generaba un caso al parecer especial y al paso de menos de una semana se solucionaba el tema.

Ya en el caso de ser imposible, no veo tan mal que se "subcontrate", digo, a eso al parecer los orillarán. Pero, manejando sueldos reales y evitar en lo posible mafufadas de Sociedades Civiles del tipo que no hacen mas que demeritar al empleado al tratarlo como asociados cuando su realidad económica es otra.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.877 segundos
Gracias a Foro Kunena