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UNA MAS DE RIF

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12 años 1 mes antes #97018 por calpixqui
Respuesta de calpixqui sobre el tema UNA MAS DE RIF
Pues ya me "inscribi" (hace unos segundos) a una plática fiscal para el día de hoy, el Tema: Régimen de Incorporación Fiscal, el horario es de 16:00 a 18:00 horas aca en mi pueblo Texcoco. Voy a imprimir TODAS las dudas que hay al respecto en este tema, voy a ir preparado con las Leyes, Decretos, Resoluciones, Tutoriales, tripticos, etc. en la mano y voy a aventarme un TIRITO :evil: con los asesores del SAT :sick:

Saludos y llegando comento. :)

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12 años 1 mes antes #97019 por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema UNA MAS DE RIF
Perfecto recuerda pedir el fundamento siempre para salir de dudas, saludos
El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui

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12 años 1 mes antes #97021 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema UNA MAS DE RIF

voy a ir preparado con las Leyes, Decretos, Resoluciones, Tutoriales, tripticos, etc. en la mano y voy a aventarme un TIRITO :evil: con los asesores del SAT :sick:

Saludos y llegando comento. :)


Agradecido por lo que pueda aprender de lo que comentas

Saludos

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12 años 1 mes antes #97024 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema UNA MAS DE RIF
Definitivo mi estimado Calpixqui, este nuevo escarabajo llamado RIF y que la autoridad jura y perjura no se requiere un contador, máxime que el sistema volvió a caerse.

suerte

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12 años 1 mes antes #97042 por calpixqui
Respuesta de calpixqui sobre el tema UNA MAS DE RIF
Esto fue parte de lo que me dijeron en la “plática fiscal” sobre el RIF. (Algunas preguntas son de otros(as) colegas)

A preguntas concretas, respuestas concretas:

En la Declaración Bimestral para ISR, los Ingresos cobrados y las Compras y gastos pagados ¿se capturan con el IVA incluido?

R. Sus ventas en ISR se acumulan con el IVA cobrado, el IVA acreditable se lo lleva a gasto. Debe considerar el monto total de sus ingresos para ISR y de igual forma los gastos, es decir con el IVA incluido.

¿fundamento?

R. NO ME LO DIJERON.

En la Declaración Bimestral Rubro de IVA, los Ingresos por ventas al público en general y las Compras y gastos pagados con tasa 16% ¿deben de incluir el IVA?

R. Para la captura de IVA, colocaría todos sus ingresos como ventas al público en general, (esto no daría IVA a cargo) y ya no colocaría el IVA acreditable (Ya que con anterioridad se llevó al gasto en el ISR). En los demás campos se anota “0”.

para IEPS los Ingresos por ventas al público en general de alimentos ¿también los ingresos deben de incluir el IVA?

R. En el caso de IEPS de igual manera coloca todo como ventas con el público en general.
Todo esto en el caso de que se apegue al decreto en el que no estaría trasladando el IEPS ni el IVA sólo con ventas con el público en general.


Al realizar la captura en la Declaración Bimestral del RIF, en este caso. ¿significa que me estoy apegando al Decreto del 26-12-2013, en especifico el art. 7 transitorio que es para obtener un estimulo en cuanto a el IVA y el IEPS? YA QUE LA APLICACIÓN ELECTRONICA DE “MIS CUENTAS”, “MIS DECLARACIONES” “INCORPORACION FISCAL” NO TIENE UN CAMPO PARA OPTAR POR EL ESTIMULO, LO DA POR DEFAULT.

R. En efecto una vez que termine de llenar su declaración de forma automática lo aplica.

para IEPS los Ingresos por ventas al público en general de alcohol y cerveza la declaración ¿se hace por pago referenciado o a través de Mis cuentas?

R. Se hace a través de pago referenciado, ya que mis cuentas no tienen un campo específico para IEPS.
???????????.....PERO SI ES UNA TIENDITAAAAAAA.


OTRA PREGUNTA SIMILAR

¿Cómo se hace la declaración del IEPS de una tienda de abarrotes, vinos y licores?

R. Se captura el importe total y en del IEPS en cero tanto para ingresos como para gastos. ¿¿??

¿Se pueden modificar o cancelar los registros efectuados en “Mis cuentas” y también presentar una declaración complementaria?

R. No, por el momento la aplicación electrónica NO tiene la opción para editar dichos campos, ni para realizar una declaración bimestral complementaria. Necesita esperar a que el SAT adapte la aplicación para que usted pueda corregir el error o presentar una declaración complementaria.

¿Por qué no puedo presentar mis declaraciones bimestrales si presenté aviso de suspensión de actividades hasta abril?

R. Necesita usted estar pendiente de las publicaciones en la pagina del SAT, para estos casos.

Otra opción:

1. Ingresar a Mi Portal,
3. Seleccionar:
Servicios por Internet,
Cambio de Situación Fiscal,
Reanudación de actividades

Presentar las declaraciones bimestrales pendientes y luego presentar aviso de suspensión de actividades.

En el caso de pago de gasolina o diesel ¿donde se registra el IEPS?

R. En cuanto al ISR se captura el importe + el IEPS y para el IVA se captura el importe menos el IEPS.

AQUÍ NO ESPECIFICARON, PERO PIENSO QUE SE TRATA DE UNA DECLARACION BIMESTRAL CON VENTAS FACTURADAS.

¿Se registran en Mis cuentas las facturas CBB que yo expedí por mis ventas?

R. Si, se registran en “Mi contabilidad” “Ingresos”.

Para efectos de registrar mis ingresos del bimestre ¿hago una factura global o se registra en Mis cuentas?

R. Si se elabora o emite una factura global ya no se registra en mis cuentas, o una u otra.

En el caso de realizar ventas facturadas y ventas al público en general ¿Cómo es el cálculo del IVA en la declaración?

R. Se calcula la proporción del IVA acreditable de conformidad con la regla I.10.4.7. de la PRIMERA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. Publicada en el diario oficial el Jueves 13 de marzo de 2014.

UFFFFF, y RECONTRAUUUFFFFFFFF. Estan cañones estos del SAT.

Saludos.

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12 años 1 mes antes #97044 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema UNA MAS DE RIF
GRACIAS CALP por compartir, SABES QUE ESTOY CONCLUYENDO ? ... Que debemos seguir ESPERANDO A QUE COMPONGAN LO QUE TIENEN DESCOMPUESTO DESDE APROX. JULIO DEL AÑO PASADO, sus programotas nefastos que no sirven para nada

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