- Mensajes: 111
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Salario por Hora....!!!
- CesarM
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- La Muerte y Los Impuestos son Familia....!!!!
tengo esta cuestion que opinan, tengo un empleado que normalmente laboraba 8 horas diarias y le pagaban $60.00, sin embargo, el actualmente va a estar en una jornada de 6 horas diarias por lo que deberia recibir $45.00 sin embargo esta cantidad es menor al minimo, en el IMSS se le modifico su salario a salario minimo. el problema es el siguiente, al empleado le pago su nomina sobre los $ 45.00 o estoy obligado a pagarle el minimo de la zona.
En mi opinion si puedo pagarle su nomina sobre un sueldo de $ 45 diarios ya que labora 6 horas no mas, pero al imss le pago sobre el salario minimo. no se si estoy bien.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- a_cano
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 2139
- Gracias recibidas: 0
Es difícil opinar cuando no se cuenta con toda la información:
Por un lado parece ser que faltaría que le pagues la proporción al séptimo día.
Por otra parte, por el salario que estas pagando y el que estás manejando (Salario Mínimo) para contizar en el IMSS, parece ser que no estás integrando al SBC, tanto las prestaciones como el séptimo día.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
Hay que ver lo de "Jornada Reducida"
PD. voy de salida, pero al rato abundo en el tema.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CesarM
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- La Muerte y Los Impuestos son Familia....!!!!
- Mensajes: 111
- Gracias recibidas: 0
mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.
Como les comente, yo opino que si le puedo pagar 45 pesos por las 6 horas, ya que realmente el puesto por 8 horas es de 60 pesos, y ante el imss inscribirlo con el minimo general. realmente no se si estoy bien, y si lo estoy supongo que lo tendria que especificar en su contrato de trabajo que le pagare por hora "X" cantidad y por una jornada de trabajo de 6 horas diarias.
Espero y me puedan aclarar mi duda...!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
...
mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.
...
Hola...
Espero que esto aclare tu duda:
RLSS Art 62 Fracc 1
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- a_cano
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 2139
- Gracias recibidas: 0
CesarM escribió:
...
mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.
...
Hola...
Espero que esto aclare tu duda:
RLSS Art 62 Fracc 1
Code:Artículo 62. El patrón o sujeto obligado, al presentar el aviso afiliatorio deberá: I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;
Buen día:
Cabe comentar lo siguiente: Aun cuando el artículo 62 del RACERF, no lo señala explícitamente, en el cálculo en cuestión, se deberá adicionar tanto la parte proporcional del séptimo día, como las prestaciones legales, tales como aguinaldo y prima vacacional, en virtud de que son percepciones que recibe el trabajador por su trabajo.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.