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Salario por Hora....!!!

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18 años 2 meses antes #29252 por CesarM
Estimado Compañeros,

tengo esta cuestion que opinan, tengo un empleado que normalmente laboraba 8 horas diarias y le pagaban $60.00, sin embargo, el actualmente va a estar en una jornada de 6 horas diarias por lo que deberia recibir $45.00 sin embargo esta cantidad es menor al minimo, en el IMSS se le modifico su salario a salario minimo. el problema es el siguiente, al empleado le pago su nomina sobre los $ 45.00 o estoy obligado a pagarle el minimo de la zona.

En mi opinion si puedo pagarle su nomina sobre un sueldo de $ 45 diarios ya que labora 6 horas no mas, pero al imss le pago sobre el salario minimo. no se si estoy bien.

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18 años 2 meses antes #29255 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Salario por Hora....!!!
Buen tarde:

Es difícil opinar cuando no se cuenta con toda la información:

Por un lado parece ser que faltaría que le pagues la proporción al séptimo día.

Por otra parte, por el salario que estas pagando y el que estás manejando (Salario Mínimo) para contizar en el IMSS, parece ser que no estás integrando al SBC, tanto las prestaciones como el séptimo día.

Saludos

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18 años 2 meses antes #29258 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Salario por Hora....!!!
Hola...

Hay que ver lo de "Jornada Reducida"







PD. voy de salida, pero al rato abundo en el tema.

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18 años 2 meses antes #29262 por CesarM
Respuesta de CesarM sobre el tema Re: Salario por Hora....!!!
Para abundar un poquito mas y me comprendan, se le pagaria logicamente su septimo dia. efectivamente esta como jornada reducida, por una persona que labora 8 horas se le paga 60.00 pero por una jornada de 6 logicamente me da 45.00, ante el imss no lo puedo registrar con esa cantidad pero si por el salario minimo general y que va a estar como jornada reducida con una jornada menor a 8 horas. ahora bien, como le debo pagar realmente, por lo que debe cotizar, o por lo que va a recibir realmente, logicamente se le pagaria su septimo dia.

mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.

Como les comente, yo opino que si le puedo pagar 45 pesos por las 6 horas, ya que realmente el puesto por 8 horas es de 60 pesos, y ante el imss inscribirlo con el minimo general. realmente no se si estoy bien, y si lo estoy supongo que lo tendria que especificar en su contrato de trabajo que le pagare por hora "X" cantidad y por una jornada de trabajo de 6 horas diarias.

Espero y me puedan aclarar mi duda...!!!

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18 años 2 meses antes - 18 años 2 meses antes #29265 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Salario por Hora....!!!
CesarM escribió:

...

mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.
...



Hola...

Espero que esto aclare tu duda:

RLSS Art 62 Fracc 1
Code:
Artículo 62. El patrón o sujeto obligado, al presentar el aviso afiliatorio deberá: I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;
Última Edición: 18 años 2 meses antes por Daniel_Gtz. Razón: falto un dato

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18 años 2 meses antes - 18 años 2 meses antes #29330 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Salario por Hora....!!!
Daniel_Gtz escribió:

CesarM escribió:

...

mi duda es la siguiente: estoy obligado a pagarle el salario minimo aun cuando la persona no sea lo que realmente lo que deba percibir...??? o el minimo es solo para incribirlos ante el imss, recuerden que tenemos un tope maximo para inscribir a las personas, por lo que entiendo que ese salario seria el minimo para cotizar.
...



Hola...

Espero que esto aclare tu duda:

RLSS Art 62 Fracc 1
Code:
Artículo 62. El patrón o sujeto obligado, al presentar el aviso afiliatorio deberá: I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;


Buen día:


Cabe comentar lo siguiente: Aun cuando el artículo 62 del RACERF, no lo señala explícitamente, en el cálculo en cuestión, se deberá adicionar tanto la parte proporcional del séptimo día, como las prestaciones legales, tales como aguinaldo y prima vacacional, en virtud de que son percepciones que recibe el trabajador por su trabajo.

Saludos
Última Edición: 18 años 2 meses antes por a_cano.

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