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Aunque se modifico el que fuera el antepenultimo (ahora penultimo) parrafo del Art 29-A del CFF para incluir respecto de la vigencia la expresion de que \"dicho plazo podra prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo a reglas de caracter general que al efecto se expidan\", con la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2007 se modifico la regla 2.4.19, eliminandose la fraccion en la que se establecia que la vigencia de dos años era aplicable solo para las personas morales distintas de las del Titulo III y las personas fisicas con actividades empresariales y profesionales (con excepcion de las que se dedicaran unicamente a actividades agricolas, ganaderas y pesqueras).
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