Exigirán Firma Electrónica para declaración mensual
El Norte
(28 Noviembre 2006).-
Iniciará en febrero nueva medida fiscal. Dos millones de contribuyentes deberán usar el portal del SAT para pagar impuestos
A partir del 17 de febrero del 2007, los contribuyentes que presentan declaraciones de impuestos mensualmente, deberán contar con la Firma Electrónica Avanzada, conocida como Tu Firma, para realizar consultas en su expediente fiscal.
Óscar García Blancas, administrador local de asistencia al contribuyente del Servicio de Administración Tributaria, explicó que los causantes que quieran saber de sus adeudos fiscales, requerimientos, devoluciones y compensaciones de impuestos, podrán consultar la información por internet, únicamente si cuentan con Tu Firma.
"Aquel contribuyente que desee consultar su estatus fiscal no lo va a poder hacer completamente con la CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial), tendrá que tener su Firma Electrónica", expresó.
"Por ejemplo, el que quiera saber de créditos, requerimientos, devoluciones, compensaciones, que todo lo tenga integrado en un solo expediente, solamente es con su Firma Electrónica".
Son más de 2 millones los contribuyentes que hacen pagos provisionales y que deberán usar el portal del SAT en internet para cumplir con sus obligaciones fiscales a partir del 17 de febrero del 2007.
Marcial Cavazos, socio del despacho fiscal Gossler, explicó que el nuevo esquema obligará a los causantes, primero, a presentar la declaración de impuestos detallando el monto de ingresos y gastos de forma electrónica, y después, a pagar los impuestos por ventanilla bancaria o a través del portal de su banco.
García Blancas indicó que la clave CIEC servirá al contribuyente para el envío de información al SAT a través de internet.
"Pero lo que consulta el contribuyente actualmente en los módulos de atención, como declaraciones de impuestos, cuántas ha cumplido, se podrá hacer por internet el próximo año usando la Firma Electrónica Avanzada".
El funcionario señaló que el uso de Tu Firma es obligatoria actualmente para todas las personas morales, las personas físicas con actividades empresariales y de ingresos anuales mayores a un millón 750 mil pesos, y para las personas físicas que obtienen ingresos por otros conceptos, por un monto superior a 300 mil pesos.
Solo quienes perciben exclusivamente salarios, sin importar el monto, no tienen la obligación de contar con la Firma Electrónica.
El funcionario del SAT indicó que en este año se extendió la obligación de Tu Firma también a las personas físicas que tramitan devoluciones de impuestos por un monto mayor a 25 mil pesos.
"Puede ser que los ingresos de las personas físicas no rebase los 300 mil o el un millón 750 mil pesos pero por el hecho de tener una devolución con un saldo mayor a 25 mil pesos está obligado a tener la Firma Electrónica", precisó.
Copyright © Grupo Reforma Servicio Informativo
[code:1] [/code:1]
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 217 invitados y ningún miembro en línea