Pues yo soy de la opinion que de cualquier tipo de tarjeta tratandose de PF, ya que cualquier cuenta bancaria de la PF, puede ser objeto de revision, en mi opinion no hay cuentas fiscales y no fiscales.
En personas morales claro que debe ser con tarjeta de credito o debito empresarial.
Pero si llevas dos cuentas una con moviemientos no reportados al fisco (que raro que existan estas cosas en Mexico), y otra "Fiscal", pues procura que siempre que deduscas gastos pagados con tarjetas, que sean de la cuenta "fiscal".
En lo que comenta la regla que expuso el compañero LObozac, es valido para mi entender para PM.