Radio Aportaciones:  
--:--  | : 16hs-20hs -
Toggle Bar

    Prestaciones adicionales a Ley

    19 Jun 2007 17:18 #10933 por rgchavez
    Buenas tardes compañeros,

    Quisiera saber su opinion respecto a la siguiente situacion:

    Durante algun tiempo, la empresa a estado pagando las prestaciones de ley a los trabajadores al doble, es decir, aguinaldo 30 dias en lugar de 15, prima vacacional 50% en lugar de 25%, asi mismo absorbe las cuota obreras. Sin embargo, se tiene pensado que a los trabajadores de nuevo ingreso solo se les paguen prestaciones de ley, asi mismo retener las cuotas obreras.

    Estas modificaciones originaria empleados con diferentes prestaciones.

    Segun mi punto de vista, como estas son prestaciones no son prevision social, no deben cumplir el que se otorguen en forma general a todos los trabajadores y por lo tanto no existiria problema para su deducibilidad ¿o si?


    Que opinan...

    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    20 Jun 2007 15:40 #11002 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Prestaciones adicionales a Ley
    La razon te asiste cuando expresas que dichas partidas no son prestaciones de prevision social, no teniendo por ende que cumplir con las disposiciones o regulaciones aplicables a dichos conceptos...

    Imagino que con los trabajadores de nuevo ingreso se firmara contrato de trabajo donde se disponga que su aguinaldo, vacaciones y prima vacacional se van a pagar conforme a los estipulado en LFT...

    No considero exista problema de deducibilidad, si en cambio puede generar un clima laboral poco favorable, ya que no faltara el empleado que exprese que hay trato de primera y segunda...

    Saludos.



    sos al sos .

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    20 Jun 2007 15:55 #11005 por Luikb
    Respuesta de Luikb sobre el tema Re:Prestaciones adicionales a Ley
    -No es ilegal, sin embargo si tendrias que crear un departamento o un concepto para dicho fin.

    Hay que recordar que los trabajadores se rigen por un contrato colectivo y/o uno individual, sin embargo la ley del ISR nos dice que para hacer deducible algun gasto de esta indole se deben separar por departamento, sindicato o algo similar.

    Podrias categorizar en confianza y planta o algo asi, claro con su contrato colectivo respectivo.

    Saludos

    Luis Morales

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    21 Jun 2007 02:02 #11066 por huracan
    Respuesta de huracan sobre el tema Re:Prestaciones adicionales a Ley
    Luikb escribio:

    -No es ilegal, sin embargo si tendrias que crear un departamento o un concepto para dicho fin.

    Hay que recordar que los trabajadores se rigen por un contrato colectivo y/o uno individual, sin embargo la ley del ISR nos dice que para hacer deducible algun gasto de esta indole se deben separar por departamento, sindicato o algo similar.

    Podrias categorizar en confianza y planta o algo asi, claro con su contrato colectivo respectivo.


    BUENAS NOCHES DON LUIS

    OIGA USTED ahora si me quede fuera de lugar,le busco y no le encuentro esto de los departamento o concepto,ni tampoco lo de los sindicatos,no estara usted confundiendo con LA PREVISION SOCIAL DEL 31-XII? Y QUIEN PREGUNTA SEÑALA CLARAMENTE QUE NO ES P.SOCIAL,luego entonces para nada su comentario,con todo respeto.SI FUERA PREVISON OTRA COSA SERIA

    leemos que las pRESTACIONES LEGALES A LAS QUE SE REFIEREN CORRESPONDEN A PRESTACIONES LABORALES,y por supuesto como comenta el Contador sosgtorreon no hay problema por ningun lado,bueno ni el PRICIPIO DE IGUALDAD de los salarios al que hace referencia el numeral 86 del codigo laboral aplica,ni el segundo parrafo del 3,ni nada ni nadie,sinceramente la respuesta correcta adicionadad del principio de estabilidad laboral ya la dio el maestro LAGUNERO.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    21 Jun 2007 03:11 #11067 por rgchavez
    Respuesta de rgchavez sobre el tema Re:Prestaciones adicionales a Ley
    Les agradezco sus comentarios, por cierto muy acertados....efectivamente en el aspecto fiscal me queda muy claro que no se tendria problema alguno, sin embargo tiene toda la razon al comentar el aspecto laboral.


    Gracias y salu2

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.206 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 338 invitados y ningún miembro en línea