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Saúl Castro Vázquez escribio:
CPHugoocejo escribio:
Saúl Castro Vázquez escribio:
Hola estimados contadores y abogados:
Una pregunta
1.- Los contribuyentes pueden dar activos en \"COMODATO\" ?.
2.- Qué efecto le ocasiona a quién los da ?.
Gracias por la opinión
Saludos
Mi estimado Saul...
de quien son los activos? de quien otorga el comodato? entonces el podra aplicarles la deduccion a esos bienes, por ejemplo..una maquinaria o un auto?
y quien puede aplicar la deduccion de los gastos que se generern producto del comodato? quien otorga el comodato o quien los recibe?
saludos
HOLA:
Mi estimado y fino amigo HUGO OCEJO FLORES:
O sea que el activo estaría generando deducción en el propietario(depreciación) y tambien al contribuyente que lo estuviera utilizando(gastos)?.
Se supone que los activos se adquieren para que generan o produzcan utilidad, verdad.
???????????????
Saludos
propietario
a) el puede aplicar la depreciacion
b) y los gastos, mtto, etc, no son deducibles para el.
juan perez ( quien recibe en comodato )
a) no puede registrar como activo puesto no es de el, por lo tanto no hay depreciacion por aplicar.
b) pero si puede deducir los gastos , asi como el iva de esas erogaciones.
saludos amigo
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