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    Almacen de mercancias no aperturado fiscalmente

    27 Jul 2007 17:58 #12916 por Alberto FC
    Buenos días contadores; les envío la siguiente situación, pidiéndoles la analicen y rogándoles me envíen sus comentarios al respecto.

    Gracias de antemano:


    Una empresa \"X\" comprar mercancia a una empresa \"Y\".

    La empresa \"Y\" incluye en la factura de venta, además del domicilio fiscal de la empresa \"X\", un domicilio de embarque, es decir el domicilio al cual se enviara la mercancia comprada.

    El problema es; que la empresa \"X\", sólo tiene registrado el domicilio fiscal y no así los domicilios a los que la empresa \"Y\" le envía la mercancía (Que compra tras compra son los mismos).

    Esto por lo siguiente:

    1.- Los domicilios de embarque, son domicilios de vendedores (personas fisicas) que ninguna relación guardan con la empresa \"X\", sino con otra empresa \"Z\" que es con la que \"X\" tiene una relación mercantil.

    2.- La empresa \"X\", pide que la mercancia se envie a esos domicilios precisamente para no incurrir en gastos de traslado, dado que la empresa \"Y\" los traslada por cuenta propia.

    Es cierto que conforme al CFF, la empresa \"X\" deberia dar aviso de la apertura de esos lugares en virtud de que pueden considerarse almacenes de mercancia. Pero \"X\" no considera que deba ser así partiendo del razonamiento de que mas que lugares de almacenamiento, son lugares de recepcion de la mercancia.

    Que sería recomendable a efectos de dejar claro que estos domicilios a donde se envia la mercancia no son de almacenamiento sino solo se recibe la mercancia?
    Existe algun término o figura jurídica que pueda utilizara fin de que estos domicilios en donde se recibe la mercancia no se consideren como almacenes y con ello evitar dar aviso de apertura?

    En términos prácticos, podría no dar aviso de esos \"locales\", sin embargo, la empresa \"Y\" (importador) incluye en las facturas el domicilio al cual embarca la mercancía, argumentando que tiene la obligación de hacerlo por su caracter de importador...

    Gracias de antemano por sus comentarios.

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    27 Jul 2007 18:52 #12919 por jamendoz
    no le veo problema ya que si le estan facturando a la empresa x, el domicilio de embarque pues no es el domicilio fiscal de x, ni el domicilio al cual se le esta registrando en la factura a x, si no que es el domicilio del que recibe la mercancia. y no tiene porque registrar los domicilios de los que reciben, porque no tienen nada que ver con x, solo son rececptores de la mercancia vendida por x

    con tanta x no se si me explique:laugh:

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    28 Jul 2007 17:25 #12958 por CPVICENTEM
    Hola que tal, aconsejo leer el art. 3 de la LISR, ya que el domicilio a donde llegan las mercancias para su almacenamiento no es un establecimiento permanente.

    saludos:)

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