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    FLORERIA, FLORES Y REGALOS

    31 Jul 2007 04:08 #13059 por jjmr94
    hOLA BUENOS DIAS A TODOS, ME PUEDEN ORIENTAR SI UNA PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO CON ACTIVIDAD DE FLORERIA, FLORES Y REGALOS, QUE ADQUIERE FLOR NATURAL AL EFECTUAR LA VENTA DE ARREGLOS NATURALES, ¿DEBE COBRAR EL IVA O NO? PUESTO QUE AL ADQUIRIRLA NO LE COBRAN POR ESTAR A LA TASA CERO. EN ESPERA DE SUS COMENTARIOS Y AYUDA.

    ATENTAMENTE.


    C P JESUS JUAN MEZA RIVERA

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    31 Jul 2007 13:21 #13062 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re:FLORERIA, FLORES Y REGALOS
    Hola Jesùs:

    Un placer saludarte, recuerda que al realizar este tipo de actividad se debe aplicar la tasa general de IVA (15 o 10% segùn la localidad) puesto que lo que se grava es la prestaciòn del servicio (art. 14 LIVA) en el arreglo floral, y no la enajenacion que te realizaron la cual como bien mencionas es al 0% (art. 2-A LIVA).

    Saludos y estoy a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    31 Jul 2007 14:10 #13065 por jjmr94
    Respuesta de jjmr94 sobre el tema Re:FLORERIA, FLORES Y REGALOS
    GRACIAS LUIS, MUY AMABLE DE TU PARTE, CON TUS COMENTARIOS, FOTALEZCO MIS CONOCIMIENTOS.

    APROVECHO PARA VER SI TIENES POR AHI COMO DEBE TRIBUTAR UNA PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD DE COMERCIALIZADORA DE AUTOS, ASI COMO CONTABLE Y QUE OBLIGACIONES TIENE ANTE EL SAT.

    GRACIAS DE ANTEMANO Y DISCULPA EL ATREVIMIENTO, PERO PUES NO TENGO CONOCIMIENTO DE ESTE TIPO DE CONTRIBUYENTES.

    ESTOY A TUS ORDENES.

    SALUDOS.

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    31 Jul 2007 14:34 #13075 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re:FLORERIA, FLORES Y REGALOS
    Hola Jesùs:

    Un placer saludarte, recuerda que dicha persona dado que su actividad es compra venta de autos, no realiza inversiones si no compras que forman parte de su inventario, por lo que no queda regulado por el art. 42 fracciòn III LISR, lo deduce de acuerdo a su flujo del efectivo, y puede estar en el intermedio siempre y cuando sus ingresos en el ejercicio anterior no superen los 4 millones de pesos, por lo general dichas personas lo que facturan es la ganancia correspondiente, cedediendo los derechos de la factura original, para mayor informaciòn es primordial que consultes el art. 27 del Reglamento de IVA.

    Saludos y estoy a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    31 Jul 2007 14:55 #13082 por jjmr94
    Respuesta de jjmr94 sobre el tema Re:FLORERIA, FLORES Y REGALOS
    DE ANTEMANO GRACIAS LUIS POR TUS COMENTARIOS, INVESTIGARE EN EL ART 27 DE LIVA PARA VER SU TRATAMIENTO, SOLO SE ME OLVIDO COMENTARTE QUE DICHA PERSONA FISICA ESTA TAMBIEN REGISTRADA EN EL PADRON DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES, EN ESTE SENTIDO, TENGO ENTENDIDO QUE TIENEN QUE PRESENTAR UNA DEC INFORMATIVA DE LOS AUTOS QUE COMPRAN Y VENDEN, PERO NO SE CUAL ES EL FORMATO EN QUE SE DEBE PRESENTAR, ASI MISMO AL FACTURAR LO HACEN CON EL COSTO DEL VEHICULO Y SOLO COBRAN SU GANACIA POR EL TRAMITE, POR LO CUAL CONSIDERO QUE EL VALOR DEL PEDIMENTO LO DEBO DE CONSIDERAR COMO UN GASTO EFECTUADO POR TERCEROS?, PARA PODER DEDUCIR EL COSTO DE LA COMPRA DE DICHO VEHICULO, O COMO DEBE SER EL TRATAMIENTO CONTABLE PARA PODER OBTENER LA BASE DE ISR.

    DISCULPA TANTA MOLESTIA, PERO PUES NECESITO DE LAS EXPERIENCIAS DE OTROS COLEGAS COMO TU.

    SALUDOS.

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