SI LA PRESENTAS EN AGOSTO SOLO PUEDES PRESENTAR LA SIMPLIFICADA.
LA DIFERENCIA CON LA COMPLETA QUE ESTARA DISPONIBLE A PARTIR DE SEPTIEMBRE, ES QUE EN LA COMPLETA TIENES QUE SEPARAR POR TASAS DE IVA, ES DECIR CUANTO ES DE IVA ACREDITABLE AL 10% CUANTO AL 15% Y CUANTO A TASA CERO, ETC.
SOLO TE RECUERDO QUE EL RENGLON DE RETENCION ES EL IVA QUE A LA EMPRESA LE HAYAN RETENIDO ENCASO DE DEDICARSER AL TRANSPORTE.
NO VAYAS A ANOTAR EN ESE RENGLON EL IVA QUE RETUVISTE POR HONORARIOS Y ARRENDAMIENTO O TRANSPORTE.
HASTA PRONTO
JAVIER