Hola! haber si me pueden ayudar.. una persona que da presta sus servicios a hospitales pero da recibos de honorarios a las Aseguradoras cobra IVA?? si tiene el titulo y cedula para poder ejercer pues es una especialidad de enfermeria, me comento que las colegas entregan recibos a las Aseguradoras SA de CV para que se las llenen.. y no les ponen IVA trasladado porque dicen estar excentas (siendo enfermeras no medicos o doctores), se que la linea es muy delgada aqui entre tener la obligacion de IVA o no.. al igual.. la aseguradora no le retiene IVA solo ISR.. siendo una SA de CV... no se porque?? hoy habia leido algo de esto pero se me perdio.. y en caso de que sea excento de IVA el IVA de los gastos se manda a Gasto??? ... como siempre salen dudas dudas y mas dudas... gracias de antemano..
Un placer saludarte, como bien lo indicas conforme a la Ley no puede ser considerado como un servicio profesional de medicina ya que no cuenta con tìtulo de Mèdico, Cirujano Dentista o Mèdico Veterinario (arts. 15 LIVA y 41 RIVA). Aqui lo importante serìa que dicha Empresa te señalara el fundamento por el cual està aplicando la exenciòn y por lo que no aplica la retenciòn correspondiente.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.