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    Duda contrato con asimilados

    29 Ago 2007 17:33 #14703 por lcflores
    Hola y espero me puedan ayudar:
    Voy a llevarle la contabilidad a una guarderia de niños, me dicen que contratan a personas asimiladas, es conveniente que les diga que celebren un contrato con ellas, en esta página vi un ejemplo de ese contrato, pero algunos párrafos no aplican podré quitarlos o modificarlos de acuerdo a la actividad???
    Gracias por sus respuestas...

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    29 Ago 2007 17:50 #14705 por Rayafama
    Respuesta de Rayafama sobre el tema Re:Duda contrato con asimilados
    podrias ser mas especifica en cuanto a los parrafos que deseas modificar

    saludos

    No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
    Con ella descubrí que hay AMORES ETERNOS.

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    31 Ago 2007 04:38 #14818 por lalop
    Respuesta de lalop sobre el tema Re:Duda contrato con asimilados
    Respondiendo a tu pregunta, tu puedes modificar un contrato de acuerdo a tus necesidades, siempre y cuando, te encuentres dentro de la legalidad.

    Ahora bien como observación recuerda que lo de asimilables es una posibilidad que te da la LISR para enterar o el ISR de ciertos contribuyentes, no una manera de contratar al personal.

    Ten cuidado no vayas a tener un contrato de prestación de servicios en lugar de un contrato de trajo y como consecuencia de ello tengas problemas con las cuotas al IMSS.

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    31 Ago 2007 05:21 #14824 por Robcast
    Respuesta de Robcast sobre el tema Re:Duda contrato con asimilados
    Hola:

    Bueno, realmente los contratos con asimilados a salarios no existen, a pesar de algunos formatos que andan por ahi circulando por la red. La figura de asimilados es una opción que la LISR otorga a las personas fisicas para cumplir con sus obligaciones fiscales. Y si bien, un profesionista (lease maestro) pueda utilizar esta opcion para para cumplir con su obligacion de pago de ISR por servicios personales independientes, para efectos de IMSS e iNFONAVIT, quien le hace el pago, tendra que demostrar que no se trata de una relacion laboral.

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    31 Ago 2007 14:22 #14831 por RESPLANDOR1
    Respuesta de RESPLANDOR1 sobre el tema Re:Duda contrato con asimilados
    SALUDOS...

    cOMO BIEN LO COMENTA ROBCAST, NO EXISTE TAL CONTTRATO, PUESTO QUE EN LA LEY TE PERMITE ASIMILAR ESOS SALARIOS. EN MI OPINION NO HARIA NINGUN CONTRATO... PUEDE MALINTERPRETARSE POR LAS AUTORIDADES.

    BUEN DIA.

    \"En la vida solo tienes dos decisiones... TU DECIDES...\"

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    31 Ago 2007 16:51 #14858 por eduardocruzmarquez
    Saludos colegas lcflores,Rayafama,lalop,Robcast,RESPLANDOR1 ..solo quiero comentar

    El hecho de que la LISR permita que para efectos del cálculo de éste impuesto se de un tratamiento asimilado a salarios a los ingresos por honorarios, NO implica que no exista una independencia de parte de quien presta el servicio y por tanto no se de la relación laboral; por lo tanto, cuando se considere la posibilidad de calcular el ISR bajo el régimen de asimilables a salarios, deberán establecerse las bases que permitan en todo momento probar que existe verdaderamente una independencia en la naturaleza del servicio prestado. Para ello, deberá formularse en todos los casos un escrito que permita definir tal hecho.

    es importante cumplir con el art 110 F-V........cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los terminos de este capitulo.

    Y TODOS FELICES....

    ADVERTENCIA: Como en ocasiones pasa con muchas de las opciones que existen en materia fiscal, los honorarios asimilados resultan un \"paraíso\" para muchos empresarios que pretenden disfrazar con tal situación una relación laboral genuina, pretendiendo evitar con ello los costos que principalmente en materia de cuotas al IMSS e INFONAVIT se generan. Para ello, es necesario comprender que esta es una buena opción para tributar cuando la naturaleza de los servicios es genuinamente independiente, y para ello se deberán amparar con documentos debidamente firmados las operaciones que de esta manera se realicen; de lo contrario, se corren graves riesgos que pueden resultar muy costosos para las empresas.

    De acuerdo al Art. 12 de la Ley del IMSS, son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, -entre otros-, las personas que se encuentren vinculadas a otras por una relación laboral.

    SALUDOS ESPERO Y LES SIRVA-

    Saludos Afectuosos
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