Radio Aportaciones:  
--:--  | : 0hs-4hs -
Toggle Bar

    IETU deduccion opcional arrendamiento

    12 Oct 2007 17:12 #17186 por lcflores
    Y mi pregunta es:
    Para que es tanto rollo, porque complican tanto las cosas ahora quien paga va a pagar mas, como siempre los cumplidos van a seguir pagando porque ni modo que con esta reforma se vaya a combatir mucho el comercio informal o aquellos que se valen de tantas cosas para evadir los impuestos; ahi tenemos el famoso caso del impuesto suntuario aqui los clientes cumplidos lo pagaron, y para que al final los incumplidos no pagaran nada porque ya no existía ese impuesto. En fin, aquellas personas que inventan todo estos mecanismos para calcular los impuestos y sacan factores de deducción y no se que tanto más son mis ídolos pues no se de donde sacan tanta cosa, como le hacen para inventar todo eso, lo malo es que ni siquiera la autoridad está preparada para enfrentar la situación a cada rato suben su anuncio para avisar que la página del sat no está funcionando ahora que van a publicar un decreto, mas al rato no dilatan en mandar parches para los programas de las declaraciones anuales. Disculpenme si estoy hablando de más pero está situación me pone de malas, no soy de las personas que les gusta decir \"bueno\" \"a ver que pasa\" aunque muchas veces lo confieso si lo he hecho porque no me queda de otra.
    Por otro lado, alguien sabe cuando se publica el dichoso decreto, gracias...

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Oct 2007 18:41 #17189 por emmalu1
    Bueno compañeros la ley contra la informalidad que se supone iba a atacar al comercio informal es la de los depositos en efectivo no el IETU, efectivamente el IETU solo va a causar mas carga tributaria para el contribuyente cautivo.

    Los informales mientras no depositen o depositen en distintas instituciones y no acumulen $25,000 en cada cuenta la ley de los depositos bancarios no les afectará en absoluto.

    Mas preocupante es el caso del arrendamiento, pues en mi caso particular tengo un contribuyente que le renta a una persona moral, que le retiene el 10% de ISR que al final del ejercicio y al aplicar la deducción ciega le resultaba en saldo a favor.

    Para 2008 mi cliente independientemente de la retención tendrá pagar el IETU y además tendrá que olvidarse en 2009 del dinerito que le regresaba hacienda en devolución.

    El IETU si le pega duro al arrendamiento eso es definitivo.<br><br>Mensaje editado por: emmalu1, el: 12/10/2007 13:43

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.380 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 642 invitados y ningún miembro en línea