HE ESTADO TENIENDO ESTA INQUIETUD , RESULTA QUE SE PAGO 5000 DE AMORTIZACIONES CUANDO AL TRABAJADOR DEBIA HABERSELE RETENIDO 3000 ESA DIFERENCIA A CARGO DE EL PATRON ES DEDUCIBLES? YA QUE NO HAY MODO DE RECUPERAR LA CANTIDAD DE 2000 YA QUE EL TRAB YA NO SE ENCUENTRA LABORANDO.
QUE FUNDAMENTO HACE ESTA DIFERENCIA DEDUCIBLE COMO GASTO PARA EFECTOS FISCALES?
Una alternativa es considerarle como cuenta incobrable...
Lo de no recuperable, a pesar de que el trabajador ya no este laborando para ustedes, estaria por verse, digo, puede que tengan el domicilio, nada se pierde con acercarse y exponer la situacion...