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    duda ietu

    06 Nov 2007 18:39 #18258 por luisita
    duda ietu Publicado por luisita
    Artículo Octavo. Los contribuyentes del impuesto empresarial de tasa única podrán considerar que los aprovechamientos por concepto de la explotación de bienes de dominio público o la prestación de un servicio público concesionado que efectivamente paguen en el periodo comprendido del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, quedan comprendidos en lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


    MI EMPRESA TIENE LA ACTIVIDAD DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS AHORA DE ACUERDO AL DECRETO PUEDO DEDUCIR LOS DERECHOS K PAGO POR EJEMPLO, CAMBIO DE PROPIETARIO, ALTAS Y BAJAS DE VEHICULOS, EMPLACAMIENTOS, ETC , ETC ETC.?????????:evil:

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    07 Nov 2007 16:07 #18323 por casacruz
    Respuesta de casacruz sobre el tema Re:duda ietu
    Así lo considero en mi opinión, al ser un servicio público concesionado el transporte de pasajeros, el Art. Octavo del decreto, te da la oportunidad de incluir estos gastos que se paguen en dicho periodo sept-dic 2007, como deducciones de acuerdo al cálculo conforme al Quinto Transitorio de la LIETU. Esto a reserva de otras opiniones…

    Saludos…

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    07 Nov 2007 18:07 #18333 por luisita
    Respuesta de luisita sobre el tema Re:duda ietu
    garcais pòr la opinion casacruz

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