NO ENTRO MUCHO A LA PAGINA POR CUESTIONES DE TRABAJO PERO LAS POCAS VECES QUE HE ENTRADO ME HA SIDO DE GRAN AYUDA.
ESPERO QUE ESTA VEZ NO SEA LA EXEPCION.
MI DUDA ES LA SIGUIENTE:
EN LA EMPRESA EN LA QUE TRABAJO NOS ENTREGAN MUCHAS NOTAS DE CREDITO, TENGO ENTENDIDO QUE LA NOTA DE CREDITO LA DEBO CONTABILIZAR EN EL MES EN QUE SE EXPIDIO, SIN EMBARGO NO SIEMPRE NOS LA DESCONTAMOS EN ESE MISMO MES. UN EJEMPLO.
COMPRE MERCANCIA EN SEPTIEMBRE Y COMO TENEMOS CREDITO DE 30 DIAS LA PAGUE EN OCTUBRE, SIN EMBARGO POR DEVOLUCION DE PRODUCTO ME EXPIDEN UNA NOTA DE CREDITO DESPUES DE HABER PAGADO LA COMPRA (SERIA EN EL MES DE OCTUBRE) COMO YA PAGUE LA COMPRA NO ME LA APLIQUE SIN EMBARGO CONTABLEMENTE SI LA REGISTRE EN OCTUBRE, POR LO QUE EN NOVIEMBRE CUANDO SE PROGRAMA OTRO PAGO ME APLICO LA NOTA DE CREDITO. MI DUDA ES SI ES CORRECTO O LA APLICACION DE LA NOTA DE CREDITO IGUAL TIENE QUE SER EL MES EN QUE SE EXPIDIO.
OJALA ME HAYA EXPLICADO Y DE ANTEMANO LES DOY LAS GRACIAS A LOS QUE ME PUEDAN AYUDAR.
lo correcto es como lo dices, uando se te expidio, pero como mencionas como te la entregan posterior al pago realizado, no hay inconveniente en aplicartela en el mes siguiente.