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Tengo un planteamiento al foro y les agradecería sus comentarios . En nuestro despacho tenemos Compañías que importan mercancías a crédito y mi pregunta es cual es momento de deducción para efectos de IETU hasta que la Pague? Cuando la importe? Cual es el fundamento legal?
Cordiales saludos:)
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EL Art. 6 frac. V de la L.I.E.T.U establece que los bienes de procedencia extranjera seran deducibles cuando se compruebe que se cumplio con los requisitos legales para su estancia, por lo tanto si ya se tiene un pedimento de importacion con eso basta para poder deducirlo ya que ademas debemos recordar que las reglas de lo efectivamente pagado y cobrado es para contribuyentes del territorio nacional por cuestiones de equidad. es decir tu deduces algo hasta que lo pagas y tu proveedor lo acumula en ese mismo momento...
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