debo solicitar condonaciones de recargos de isr del ejercicio 2004 hasta 2005, mi duda es , si primero solicito la condonación y luego presento las delcraciones cuando asi proceda la solicitud sin sus respectivos recargos, o primero presento las declaraciones sin anotar nada en el renglon recargos y luego presento la solicitud de condonacion. por lo que entendí en el decreto es presentar primero las declaraciones y luego se mandan las copias de las declaraciones presentadas anotando cero en el renglon de recargos conjuntamente con la solicitud de condonacion respectiva. espero sus cometarios colegas
Asi tambien es como lo entiendo yo, Una vez presentads tus declaraciones anexaras a tu escrito de solicitud de condonacion las copias correpondientes.Podras encontrar mas informacion al respecto en esta direccion